
Esta investigación se realizó con el apoyo y acompañamiento de Documenta, análisis y acción para la justicia social A.C. en el marco de la campaña “Detén la tortura”,
auspiciada por la Unión Europea.
Las mujeres, jóvenes y niñas en Jalisco representan el 12.9% de las víctimas de tortura en las quejas de la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ); y el 3.7% en las carpetas de investigación abiertas ante la Unidad Especializada en el Delito de Tortura.
Si bien, estas cifras documentan en su mayoría, actos de tortura vinculados a patrones convencionales del delito: golpes, patadas, toques eléctricos en genitales, asfixia momentánea, ahogamientos momentáneos, posiciones forzadas, violaciones sexuales, tocamientos, amenazas de abuso sexual y amenazas de muerte o daño a familiares, lo cierto es que el componente de género que subyace a estas prácticas ejercidas sobre los cuerpos de las mujeres va más allá del infligirles dolor físico.
Sus corporalidades se convierten en instrumento, método y un fin en sí mismo para sus victimarios y para el Estado, confirmando que esta práctica ejercida en razón de género constituye una herramienta de control y subordinación para las mujeres; pero, además, reafirma la desigualdad estructural, la marginación, la discriminación y su nulo reconocimiento como sujetas de derechos en medio de un contexto de violencia machista y patriarcal.
Esta investigación da cuenta de las historias de nueve mujeres sobrevivientes de tortura y malos tratos, así como de sus familiares, también mujeres, quienes han vivido directa e indirectamente el sufrimiento que generan estas prácticas perpetradas en contra de sus cuerpos y vidas: Eva, Luz Elena y Esperanza, Erika y Cecilia, Isabel y Romina, y Ericka y Tonantzin.
Las prácticas de tortura, tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes que se cometen en contra de mujeres, jóvenes y niñas en Jalisco, están suscritas en un contexto estructural y generalizado de violencia de género y machista; lo que provoca la maximización de la experiencia de sufrimiento y daño irreversible en las historias de vida de las sobrevivientes y de sus familias.
El componente de género que recae sobre los cuerpos y vidas de las mujeres, a través de estas prácticas ejercidas por el Estado, subyace a las formas específicas en las que se les inflige dolor; es decir, sus corporalidades no sólo son contenedoras de las formas de violencia, son instrumento, son método y un fin en sí mismo.
Los cuerpos de las mujeres, por lo tanto, son territorios en disputa como lo afirma la antropóloga y escritora feminista argentina, Rita Segato, o un “botín de guerra”, donde la violencia que se ejerce en su contra “ha dejado de ser un efecto colateral” y se ha transformado en un “objetivo estratégico”.
La tortura, como delito y violación grave a derechos humanos, pero, además, ejercida sobre los cuerpos y vidas de las mujeres en razón de género, constituye una herramienta de control y subordinación que confirma la desigualdad estructural, la marginación, la discriminación y la anulación de la personalidad de las víctimas y sobrevivientes como sujetas de derechos.
Las convenciones internacionales en la materia, así como las leyes nacionales y estatales, reconocen la existencia de agravantes en la comisión de los actos de tortura y malos tratos, precisamente vinculadas a la vulnerabilidad y/o vulnerabilidades que rodean a la persona víctima.
Habrá que precisar que la tortura es considerada como un delito y una violación grave a los derechos humanos para la comunidad internacional; mientras que, en México -como Estado parte de la Convención Interamericana para Prevenir y Sancionar la Tortura- y Jalisco existen leyes que buscan prevenirla, investigarla, sancionarla, reparar sus efectos y erradicarla.
En ese sentido, el Código Penal del Estado de Jalisco, establece el aumento de las penas -de 10 a 20 años- hasta una mitad más, cuando la persona que haya sido sometida a tortura o malos tratos: “pertenezca a un grupo de población en situación de vulnerabilidad en razón de su edad, género, preferencia u orientación sexual, etnia y condición de discapacidad” o cuando se trate de una persona migrante, indígena, una mujer en estado de embarazo, una persona defensora de los derechos humanos o periodista.
Asimismo, cuando “en la comisión del hecho se incluyan actos que impliquen delitos contra la seguridad y la libertad sexual de cualquier especie”.
A decir de Dennise Montiel, abogada y codirectora del Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo (CEPAD); en los casos de tortura hacia las mujeres, “siempre va a haber el componente de género”, a la vez que, aumenta la posibilidad de que exista tortura sexual. Si bien, afirma que es una práctica común ejercida contra los cuerpos de hombres y mujeres, sobre ellas la magnitud de violencia podría culminar en actos de abuso y violación sexual.
En esto coincide Rocío Martínez Portillo, psicóloga y sexóloga encargada del área de acompañamiento psicosocial del CEPAD, quien revela que existe una discrepancia en el porcentaje de mujeres y hombres que sufren eventos de tortura de esta índole, puesto que: “las mujeres en un 53.5% viven una situación de tortura sexual, a diferencia del 17.9% de los hombres”.
En su opinión, la naturaleza y reiterada comisión se suscribe en la concepción sociocultural que prevalece alrededor de los cuerpos y las vidas de las mujeres como lugares donde “se puede inscribir el sufrimiento”.
Si bien, las mujeres que son sometidas a estas violencias, confirma Rocío Martínez, suelen “resistir lo más posible” para sobrevivir a los eventos de tortura, sus consecuencias tienen alcances más allá del espectro físico, ya que al conjugarse con otros elementos atribuidos a los estereotipos y roles de género, a la estigmatización, humillación, incluso, criminalización y revictimización o despojo de derechos, sus impactos tienen efectos en un nivel psicosocial; lo que implica una afectación no sólo personal y física, sino familiar y colectiva.
La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), ha reconocido la existencia y predominancia de la violencia sexual como forma de tortura en los contextos de custodia y privación de la libertad de mujeres por las distintas fuerzas de seguridad mexicanas, así como, con el fin de obtener confesiones forzadas, en un marco de militarización y conflicto interno, pero también, de violencia de género.
La violencia sexual, manifiesta la CIDH en su Informe 2019 sobre la situación de los derechos humanos en México: “incluye violación, amenaza de cometer dicho acto, tocamientos y descargas eléctricas en pechos, glúteos o genitales, así como la obligación a las mujeres a realizar actos sexuales”.
Pese a que estas son las formas más reiteradas y flagrantes en las que se comete tortura hacia las mujeres, jóvenes y niñas, existen otras prácticas que, aunque se alejan del espectro de lo convencionalmente reconocido, se manifiestan con gran impacto en sus vidas y corporalidades, así como en sus relaciones cercanas y familiares.
De tal forma que, al ser poco identificadas, no se denuncian y quedan invisibles.
En ese sentido, respecto a los varones, las mujeres, jóvenes y niñas en Jalisco representan el 12.09% de las víctimas de tortura que han presentado una queja ante la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco (CEDHJ) en los últimos 20 años, y el 3.7% de las víctimas que aparecen en las carpetas de investigación abiertas en la Unidad Especializada en el Delito de Tortura, de 2015 a la fecha.
Y es que el cuerpo de la mujer como fin en sí mismo de las formas de tortura que ejerce el Estado a través de su funcionariado y sus sistemas de seguridad, justicia y salud, -como se documenta en esta investigación-, a veces suele quedar con marcas físicas a través de lesiones y secuelas médicas, pero hay otras más que, aunque no se ven, su nivel de afectación podría equiparse, incluso, superar el daño ocasionado a través del tiempo.
Afirmar lo anterior, implica reconocer que el delito de tortura, además de tener un carácter permanente e imprescriptible en términos jurídicos, provoca, según los testimonios de las mujeres sobrevivientes que compartieron sus vivencias para esta investigación, efectos irreversibles que marcaron un antes y un después en sus vidas.
En algunos otros casos, los efectos de la tortura no sólo se inscriben sobre el cuerpo y vida de las sobrevivientes: las secuelas e impactos suelen recaer también en las mujeres de sus familias, incluso, cuando éstas no hayan sido víctimas directas del delito, o cuando las víctimas del delito fueron los varones del núcleo familiar.
La afectación está dada en función del lugar y el rol que ocupa la persona víctima en el entorno familiar (hermanas, madres) y el proyecto de vida construido en conjunto.A la par, se aúna el desgaste físico de la exigencia y búsqueda de justicia a través del tiempo y a la experiencia compartida del daño irreversible.
En los casos documentados, ser joven, adolescente, tener la capacidad de gestar, ser madre y asumir el trabajo de cuidados, ser una mujer defensora de derechos humanos, ser migrante interna, o pertenecer a una comunidad indígena y encontrarse en estado de embarazo, han sido, paradójicamente, las razones que condicionaron en virtud del género y de las situaciones de vulnerabilidad sociopolítica, económica y culturales atribuidas a las mujeres, la comisión de episodios de tortura y malos tratos de parte de autoridades del estado.
Además del contexto de violencia contra las mujeres, en México la tortura es una práctica generalizada. Ya lo afirmaba Juan E. Méndez, Relator Especial de las Naciones Unidas sobre la tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes en 2014. Y en Jalisco la realidad no es diferente.
Javier Perlasca Chávez, cuarto visitador general de la CEDHJ lo explica claramente: “así como la desaparición, cualquier persona puede ser objeto de prácticas de tortura”.
La mayor parte de los datos estadísticos de la tortura los tiene la misma Comisión, ya que las personas que son sobrevivientes de este delito y grave violación de derechos humanos, usualmente pierden toda la confianza hacia las instituciones públicas. Sobre todo cuando sus victimarios son los mismos funcionarios públicos encargados de investigar y hacer justicia.
La CEDHJ informó vía transparencia (folio 00883321) que del año 2000 al 2021 ha recibido mil 813 quejas por tortura, de las que se desprenden 2 mil 315 víctimas. De éstas, 280 son mujeres. Sin embargo, Perlasca Chávez señaló en entrevista que, desde 2007 a la fecha, sólo se emitieron 63 recomendaciones por el mismo tema.
Las cifras de las dependencias encargadas de seguridad son mucho más modestas y presentan inconsistencias. La unidad de transparencia (folio 00885821) de la Fiscalía Especial de Derechos Humanos de Jalisco indicó que, desde 2015, ha iniciado 29 carpetas de investigación por la comisión de tortura.
Por su parte, la Unidad Especializada de Investigación del Delito de Tortura (folio 883121), que depende de la misma Fiscalía de Derechos Humanos, inició 68 carpetas por este delito en el mismo periodo de tiempo. Sobre esta última se desprenden 108 víctimas, de las cuales 104 son hombres y 4 mujeres; 96.2% y 3.7% respectivamente.
En cambio, la Dirección del Área de Denuncias de la Contraloría del Estado de Jalisco notificó vía transparencia (folio 00889421) que del 2001 al 2021 abrió 17 expedientes por presuntos actos de tortura.
Tanto en la información de la Contraloría como en las recomendaciones de la CEDHJ se reconocieron: golpes, patadas, toques eléctricos en genitales, asfixia momentánea, ahogamientos momentáneos, posiciones forzadas y violaciones sexuales como algunas de las formas de la tortura. Entre las cometidas contra mujeres también destacan: tocamientos, amenazas de abuso sexual y amenazas de muerte o daño a sus familiares.
Como muestra de su presencia generalizada, las quejas presentadas en la CEDHJ indican que desde el 2000 se han cometido presuntos actos de tortura en 80 de los 125 municipios del estado de Jalisco.
Los territorios con más casos se agrupan en el Área Metropolitana de Guadalajara, aunque otras poblaciones -al interior del estado- que se colocan entre los primeros lugares son: Puerto Vallarta con 72 quejas, Tepatitlán de Morelos con 22 y Tala con 18.
Aquí podrás observar a detalle, las quejas, denuncias y la única sentencia (absolutoria) sobre el delito de tortura presentadas y/o cometidas en cada municipio o distrito judicial de Jalisco.
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La información estadística presentada hasta ahora hace referencia explícita a los casos en los que la tortura se nombra como tal, pero en la plataforma informativa INFODH de CEPAD identificaron que existen otras violaciones a derechos humanos que también corresponden a actos de tortura, aunque se les llame diferente. Entre 2006 y 2020, la CEDHJ emitió 201 recomendaciones con dichas características.
Otras quejas por presuntos actos de tortura que fueron presentadas en la Comisión Estatal de Derechos Humanos se hicieron contra: asilos, centros penitenciarios, centros de rehabilitación de adicciones y casas hogar para menores de edad.
Las otras violaciones a derechos que podrían constituir tortura son las amenazas, detención arbitraria, lesiones, incomunicación, intimidación, retención ilegal de personas, negativa a atención médica, hostigamiento sexual, violación al derecho a la integridad y seguridad personal, entre otros.
Que no se reconozca la comisión de dichos delitos como tortura es una muestra de la invisibilidad de la práctica que según Dennise Montiel, codirectora de CEPAD, se presenta también en la construcción del perfil de las víctimas.
“Ahorita el perfil que nosotras tenemos documentado, los métodos y los patrones vienen de la información que existe actualmente, y que mucha se concentra en este rubro (procesos de detención, investigación y acceso a la justicia). Eso también ha llevado a invisibilizar otro tipo de víctimas, otro tipo de victimarios y otro tipo de patrones y de contextos”, explica Dennise Montiel.
Sobre las autoridades responsables de cometer la tortura, el cuarto visitador de la CEDHJ, Javier Perlasca Chávez, señala sobre todo a aquellas que realizan sus labores en espacios de privación de la libertar: centros penitenciarios, albergues, centros de rehabilitación, casas de descanso, hospitales psiquiátricos y otros.
Y es que, el control que se tiene sobre las personas en esos lugares, las relaciones de subordinación y la poca visibilidad de las actividades dentro de ellos, propician la comisión de violaciones graves a los derechos humanos.
La información disponible recuperada para esta investigación muestra una y otra vez que los sistemas seguridad, de procuración de justicia y penitenciarios son en los que más se comete tortura en Jalisco. Pero no existen registros oficiales ni detallados de la situación.
De las quejas presentadas a la CEDHJ entre 2000 y 2021, 96.19% señalan a alguna dependencia de seguridad, 1.27% a instituciones de procuración de justicia y 1.27% a organismos del sistema penitenciario. Las tres dependencias con más señalamientos son la Procuraduría General de Justicia del Estado, con 860 quejas; la Fiscalía Central con 349; y la Dirección de Seguridad Pública de Guadalajara con 105.
Como explica Dennisse Montiel de CEPAD, que la tortura usualmente ocurra durante los procesos de detención de personas y hasta la puesta a disposición de la justicia, se debe a que las dependencias basan su efectividad en el número de personas detenidas, vinculaciones a proceso y sentencias.
“En México y Jalisco la tortura ha sido el método de investigación por muchísimos años y se tiene muy normalizado. Es tan normal, que todos los policías investigan de esa manera, aún con el nuevo sistema (de justicia penal) se reproduce tortura y malos tratos” dice Ángela García, otra de las abogadas que integran CEPAD.