El Estado Mexicano falla a las personas migrantes y refugiadas, sigue sin garantizar el principio de no devolución

En 2023, México registró la cifra más alta de solicitudes de asilo de personas desplazadas. Sin embargo, el informe “El principio de no devolución”, presentado por varias organizaciones,  denuncia la violación del principio de no devolución, que prohíbe la expulsión  de personas refugiadas a países donde su vida o libertad estén en peligro. 

A pesar de contar con leyes y protocolos, el Estado mexicano enfrenta serias fallas en su implementación, como detenciones arbitrarias, falta de coordinación entre el Instituto Nacional de Migración (INM) y Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR) y obstáculos en el acceso a documentos migratorios para las personas desplazadas.

Los retrasos en la tramitación de documentos y la ausencia de información clara sobre los procesos migratorios agravan la situación, evitando que  las personas puedan acceder a sus derechos humanos.

Por Farah Medina /@_dtfarahm_

En 2023, 140 mil 802 personas desplazadas solicitaron asilo en México, el año con mayor registro de esta solicitud, según el informe 2023 de “El principio de no devolución en México”. Este informe, revela que el Estado Mexicano ha vulnerado los derechos humanos de las personas migrantes y con necesidades de protección internacional que se encuentran en el país, a través de la violación a este principio.

El documento fue presentado por Asylum Access México (AAMX), Apoyo a Migrantes Venezolanos, Comisión Mexicana de Defensa y Promoción de los Derechos Humanos (CMDPDH), Clínica Jurídica para Personas Refugiadas “Alaíde Foppa” (CJR), Clínica de Litigio Estratégico de la Universidad Autónoma de San Luis Potosí, Instituto para las Mujeres en la Migración (IMUMI), Programa Casa Refugiados, Sin Fronteras IAP y el Servicio Jesuita a Refugiados México.

El principio de No devolución “afirma que una persona refugiada no debe ser expulsada o

devuelta a un país donde enfrenta graves amenazas a su vida o su libertad”. En México está obligado a cumplimentarlo a través de instancias como el Instituto Nacional de Migración (INM) y la Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), quienes tienen los protocolos y medidas para cumplirlo, no obstante, la realidad es otra para las personas en condición de movilidad y con necesidades de protección internacional que transitan por el país

En México, las personas desplazadas y migrantes tienen la oportunidad de pedir asilo o ser reconocidas como refugiadas, en ambos casos les protegen de ser devueltos a su país de origen. El Estado mexicano, a través de la COMAR y el INM debe aprobar las solicitudes para proveer a las personas documentos migratorios, sin embargo, se encuentran ante un sistema que les impide y dificulta su acceso a esta garantía, que les brinda el derecho a conseguir un trabajo, acceder a servicios de salud, transporte y educación.

En este informe se presentan 237 casos detectados, siendo el 96% adultos y el 4% niñas, niños y adolescentes, que han sido devueltas a su país de origen, incumpliéndose el mismo principio y las normas que establece la Ley General de Migración, así como las obligaciones de la COMAR y el INM.

Para evitar las devoluciones, las personas deben presentar la solicitud de reconocimiento de la condición de refugiado para obtener esta condición migratoria. Esto, en teoría, las protege de ser detenidas, llevadas a centros migratorios o devueltas a su país de origen, pero esta solicitud no resulta una garantía suficiente para las personas.

La COMAR realiza indiscriminadamente estas detenciones, así como el INM, dos instancias que por ley deben mantener una comunicación constante para mantener un registro de aquellas personas que se encuentran en proceso de ser reconocidas como refugiadas o solicitantes de asilo, incluso, quienes ya la han obtenido. El informe, por otro lado, presenta que entre estas dos instituciones no existe comunicación alguna, por lo que, las personas detenidas son devueltas a su país de origen, situación que pone en riesgo su vida.

La tarjeta de visitante por razones humanitarias, constancia de reconocimiento de la condición de refugiado o beneficiario de protección complementaria,  es el documento que garantiza la estancia de las personas en territorio mexicano, pero no son de fácil acceso. 

Esto lo explica Axel Gonzalez Marlo, de la Clínica Jurídica para Personas Refugiadas Alaíde Foppa durante la presentación del informe. Señala que la COMAR, frente al aumento de solicitudes en los últimos años, ha implementado un sistema de citas que no se encuentra reglamentado, dejando sin protección a las personas solicitantes. Esta situación provoca grandes periodos de espera, una comunicación difícil entre las instituciones y las personas, la falta de intérpretes a otros idiomas, así como la entrega de citatorios que podrían tener un efecto jurídico para evitar la no devolución.  

Y es que a finales del año 2023, la misma COMAR dejó de emitir citatorios con la leyenda “Protección contra la no devolución”.  

No obtener estos documentos o acceder al proceso para su tramitación también impide que las personas puedan movilizarse dentro del territorio nacional ya que “desde finales de 2021, el INM prohibió a las líneas de autobuses vender boletos a las personas migrantes para transitar libremente dentro del país”; también evita la integración de las personas y  la obtención de empleos. 

La falta de información de las instituciones hacia las personas es otro de los graves problemas detectados. No existe una comunicación efectiva para hacerles saber los procedimientos legales y migratorios a los que pueden acceder, ya que solo se recurre a la detención. En palabras de Luisa Schlotterer de Sin Fronteras “la detención debería ser la excepción, no la regla”, puesto que, debe  existir un proceso de análisis adecuado de cada situación migratoria. 

En 2023, se registraron más de 51 mil devoluciones, de estas cifras, “no hay un desglose oficial que permita identificar cuántas personas habrían manifestado tener miedo de regresar a su país de origen, o que habrían expresado las intenciones de solicitar asilo en México”, destaca el documento. 

Esta realidad a provocado detenciones arbitrarias de más de 36 horas y a la separación de familias, otra violación a los derechos humanos de las personas y las infancias que acompañan a sus padres o tutores. Dentro de este informe, se explica que la Ley General de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, “indica que ninguna autoridad puede devolver, expulsar, deportar, retornar, rechazar en frontera o no admitir, o de cualquier manera transferir o remover a una niña, niño o adolescente cuando su vida, seguridad y/o libertad estén en peligro”.

El 4% de los casos registrados representa a niñas, niños y adolescentes, quienes también se ven afectados por las devoluciones injustificadas. No hay análisis de su situación debido a que la comunicación con las infancias es nula, como menciona Sandra Mejía del Instituto para las Mujeres en la Migración (IMUMI) en donde afirma que se podría evitar el retorno, pero no es posible porque “no se les escucha”.

Aunque deben velar por el interés superior en la niñez, las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes (PPNNA), no provee la información que se necesita para saber con qué opciones cuentan en relación a su situación migratoria, esto también lleva a las separaciones de su núcleo familiar. Sandra también habló sobre el papel que toman las autoridades, al decir que “las autoridades de protección, no tienen que ser autoridades de contención”, e insiste en que las “niñas, niños y adolescentes antes de ser migrantes, antes de ser desplazados y antes de ser solicitantes de asilo, son niños, niñas y adolescentes”.

El informe 2023, en comparación del informe 2022 presenta aún más problemáticas en relación al principio de no devolución y la omisión de las autoridades en ese sentido. Por ende, las organizaciones en su conjunto, presentaron 15 recomendaciones para evitar la violación a los derechos humanos que son perpetuadas en los procesos migratorios, poniendo énfasis en la eliminación de prácticas que dificulten, obstaculicen y violen los derechos de las personas al acceder a trámites y documentación. 

De esta forma proponen la creación de una base de datos compartida entre INM y COMAR que facilite las consultas de información y la comunicación; capacitación del personal en temas de protección internacional y ejercicio de control migratorio; reparación integral a las víctimas, desde la restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción, hasta las garantías de no repetición y que las Procuradurías de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes cumplan con su obligación de brindar la información necesaria respecto al proceso.

Lizeth García del Instituto para las Mujeres en la Migración (IMUMI), destacó que la comunicación entre las organizaciones e instituciones para la presentación de estos resultados ha sido hasta ahora una comunicación individual y que no ha llevado al momento a una mesa de trabajo en conjunto, por lo cual, la intención de realizar informes de este tipo busca “seguir ampliando el espacio de diálogo (…) la idea es que podamos incidir, que no se quede en un informe nada más, (…) No buscamos presentar un informe anualmente, esperamos que este sea el último informe que vamos a presentar” finalizó.

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Farah Medina
Farah Medina
Llegué al periodismo por accidente e impulsada por el ‘olfato periodístico’, las narrativas con una perspectiva de derechos humanos y la necesidad de seguir creando espacios para las voces, plumas y visión de las mujeres periodistas, me quedé.

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