Desde Mujeres
Por Grecia Nataly Guzmán Velasco / @DesdeMujeres
“Vivimos un camino que no elegimos, luchamos para que no te pase a ti, sufrimos impunidad, queremos una sociedad más justa. Escucha la injusticia de nuestras historias. Esto que me pasó a mí no quiero que te pase a ti”.
-Familiares de sobrevivientes de tortura.
La falta de acceso a la justicia en México, ha creado una situación de impunidad de carácter estructural que tiene el efecto de perpetuar e impulsar la repetición de las graves violaciones a los derechos humanos. (CIDH, 2015.)
En México existe un sentimiento colectivo de desconfianza hacia el sistema legal, no hay credibilidad hacía las instituciones, ni autoridades. Por otra parte, la cultura de legalidad es escasa, poco porcentaje de la población conoce los derechos de los que son titulares y los medios que existen para asegurar su debido ejercicio y protección. Aunado a ello, existen factores económicos y socioculturales que obstaculizan el acceso a dichos medios, el formalismo excesivo acompañado de un lenguaje diferente y específico que resulta lejano y desconocido para la mayoría, colaboran a alejar los procedimientos legales del entendimiento común de las personas (Birgin, Haydeé 2012), han sido tantas las ocasiones en las que no se percibe justicia, que se ha dejado de creer en ella.
Pero entonces ¿hacía dónde se dirige el reclamo de “justicia” y que derechos comprende?
El Acceso a la Justicia es un derecho humano fundamental que permite a toda persona acceder a los distintos medios institucionales previstos por el Estado para la resolución de sus conflictos y vindicación de los derechos protegidos de los cuales es titular. Ello implica que el Estado, además de abstenerse de incurrir en violaciones, tiene la obligación positiva de suprimir los obstáculos que limiten el acceso a este derecho. Para entenderlo mejor, según el Tribunal Europeo de Derechos Humanos el acceso a la justicia es un derecho en sí mismo y, a la vez, el medio que permite restablecer el ejercicio de aquellos derechos que hubiesen sido desconocidos o quebrantados.
Bajo este contexto, este derecho se vincula con otros derechos fundamentales que establece la constitución y tratados internacionales, que conjuntamente integran el principio de justicia en nuestra sociedad;
i) derecho a un juicio justo: se refiere a que toda persona tiene derecho a una audiencia justa, sin ser discriminada por jueces o funcionarios del Estado en el ejercicio y cumplimiento de la ley, así mismo abarca el derecho a ser oído públicamente con las debidas garantías procesales, dentro de un plazo razonable, por un tribunal competente, independiente e imparcial;
ii) derecho a un recurso efectivo: toda persona tiene derecho a un recurso sencillo, rápido y efectivo ante los tribunales competentes, que lo ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos en la constitución y en tratados internacionales. Como lo ha dicho la Corte Interamericana este recurso no se reduce simplemente a la mera existencia de los tribunales o procedimientos formales, ni se agota su contenido por el sólo hecho de contar con la posibilidad de recurrir a ellos. Sino que, la efectividad del recurso recae en la capacidad de producir el resultado para el cual ha sido concebido.;
iii) Derecho a la igualdad ante los tribunales: este principio establece que toda persona con independencia de su raza, sexo, idioma, religión, posición económica, u cualquier otra condición, puede acceder a la justicia de una manera libre y efectiva, sin discriminación o coacción alguna.
Así pues, el Estado tiene la obligación de que estos derechos sean tangibles, que vayan más allá de la norma, debe asegurarse que sean una realidad. Sin embargo, en un país donde la violación a derechos humanos es una práctica sistemática y generalizada, en la que se tiene constancia de la participación de agentes estatales de los tres niveles de gobierno, en donde impera la impunidad y corrupción, la justicia parece inalcanzable.
De ahí que el reclamo de justicia se escucha como un eco, que lastima a los más vulnerables, quienes desde lo lejos se cuestionan si vale la pena iniciar un proceso, o si por lo contrario deben permanecer en silencio por el temor a volver a ser dañados.