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Este miércoles, la Corte IDH concluyó que la muerte de Digna Ochoa no fue un suicidio, sino un asesinato; asimismo señalo que el gobierno de México cometió errores durante la investigación de su caso, entre los que resaltan fallas procesales y prejuicios por parte de los funcionarios.
Texto: Norma Trujillo Báez / La Marea
Fotos: Cortesía, La Marea
¿Es posible que una persona que quiere suicidarse por problemas emocionales use guantes de látex y se dispare tres veces? ¿que se de un tiro en la pierna, otro en la cabeza y un tercero en el sillón? La Corte Interamericana de Derechos Humanos responde que No.
El 19 de enero, a través de una sentencia emitida por esta corte, la Corte IDH sostuvo que el Estado mexicano es responsable de la existencia de irregularidades graves en la investigación de la muerte de la defensora de derechos humanos Digna Ochoa y Plácido.
Digna murió el 19 de octubre de 2001.
El organismo internacional concluyó que hubo numerosas falencias en el manejo de la escena del crimen y especialmente, en la documentación de ésta. Destacó importantes errores ocurridos en la descripción de hallazgos, tanto en el cuerpo como en el lugar de los hechos. De igual forma identifico fallas en la realización de los exámenes externo e internos, así como en la necropsia médico legal.
Hubo numerosas falencias en la necropsia del cadáver. Entre ellas destaca la omisión que los médicos del Servicio Médico Forense que realizaron la necropsia hicieron al no acudir al lugar de los hechos. Tampoco participaron en el levantamiento del cadáver.
Todo esto provocó que no se verificara la recolección de la información adecuada para dilucidar aspectos importantes del caso.
El Tribunal advirtió que la investigación relativa a las circunstancias de la muerte de Digna Ochoa estuvo sesgada desde un inicio. Un ejemplo es el uso de estereotipos de género con el objetivo de cuestionar su credibilidad; esto quedó demostrado en los peritajes que se realizaron, los cuales apelaban a aspectos íntimos y personales de la defensora.
Se proyectó una imagen de una mujer poco creíble y exagerada, lo cual les permitía concluir que habría cometido un suicido producto de una inestabilidad emocional relacionada con su condición de mujer.
Además, los dictámenes pusieron el acento en la víctima y sus comportamientos. De esta forma se aislaron e invisibilizaron los hechos del contexto en que ocurrió la muerte.
A Digna se le desvinculo automáticamente de su labor en defensa de los derechos humanos y, en consecuencia, se afectó negativamente a la investigación y la valoración de las pruebas.
En consecuencia, la determinación a nivel interno que establece que Digna Ochoa falleció por un supuesto “suicidio disimulado” no tiene sustento en ninguna valoración de las pruebas recolectadas. Además, de acuerdo con los criterios de la Corte, esta hipótesis es difícilmente compatible con la sucesión de hechos que han sido probados. Específicamente con las circunstancias y forma en la que habría tenido lugar dicha muerte.
Los sueños de una niña
De niña, Digna Ochoa soñaba con ser educadora y maestra de preescolar. Si embargo, en 1980, cuando ella estudiaba la preparatoria, su padre fue encarcelado injustamente. Lo acusaron de pagar por el asesinato de una líder sindical de la sección 102 del Ingenio Libertad ubicado en Misantla, Veracruz.
Ese hecho hizo que Digna cambiara los sueños de su infancia y se decidiera a ser abogada y defensora de los derechos humanos, afirma su hermano Jesús Ochoa y Plácido.
Con voz fuerte, Jesús sostiene que el encarcelamiento injusto de su padre les cambió la vida a él y sus hermanos:
“Vimos cómo era la justicia en México, vimos la deshonestidad de algunos abogados, vimos todo, así nos involucramos a la lucha social”.
Digna se dejó la casa materna y se dirigió a Xalapa para estudiar derecho en la Universidad Veracruzana. A la par se involucró en lo religioso, era muy dada a Dios. Colaboró en la iglesia de San Bruno; salía a comunidades a dar catecismo.
Prestó sus servicios en la Procuraduría General de Justicia de Veracruz. Durante el periodo de Fernando Gutiérrez Barrios, en esas oficinas encontró fichas con los nombres de varias personas que tenían ideas contrarias al gobierno.
“Digna ya había sido secuestrada, también por esos años, allá por las fechas que pasó el huracán Gilberto (1988), la fui a traer hasta Yucatán, la tenían cautiva por Xalapa, se escapó y le pidió raid a un trailero para alejarse de dónde estaba secuestrada y llegó a un convento en ese estado. Una vez que sabíamos dónde estaba, me tocó ir con la Policía Judicial”, dijo Jesús.
Y agregó:
“La verdad los policías de ida se portaron bien y de regreso una cosa terrible, a los dos nos traían en la batea de la camioneta, a ella la traían esposada, estaba muy enojada porque decía que parecía una delincuente. De regreso dormimos en Tabasco, en un reclusorio, al otro día nos venimos bajo el sol y nos trajeron muy despacio”.
Digna estuvo en una escuela de monjas católicas. Destacó su trabajo como asesora jurídica en el Centro PRODH. Llevó el caso de los integrantes del Ejército Zapatista de Liberación Nacional (EZLN) en Yanga, Veracruz. Litigó los casos de los ecologistas Cabrera y Montiel del estado de Guerrero (caso que también conoce la Corte Interamericana de Derechos Humanos). Apoyó jurídicamente el caso de los hermanos Cerezo, acusados de terrorismo. Estos son algunos ejemplos de los casos que atendió; en cada uno de estos estaba atrás el ejército mexicano.
Amenazas previas a la muerte
Años antes de su asesinato, la activista sufrió amenazas en varias ocasiones. También fue secuestrada. Todo esto como consecuencia de su labor como defensora de derechos humanos en México.
En 1995 fue amenazada junto a los abogados del Pro. Posteriormente la secuestraron en dos ocasiones; ambas en la Ciudad de México. La primera fue el 5 de agosto de 1999. Los hechos ocurrieron cuando Digna salía de su domicilio. La subieron a un automóvil y después de 4 horas la dejaron en algún lugar.
La segunda ocasión fue el 28 de octubre de ese mismo año. Digna se encontraba en su domicilio; la drogaron; la amarraron y la interrogaron. Le preguntaban si conocía a ciertas personas. Ante esto, ella interpuso denuncias ante la Procuraduría General de la República y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, quienes le proporcionaron medidas de protección provisionales.
En esta audiencia se comprobó que los hechos no fueron investigados como parte de las indagatorias de la muerte de la defensora de derechos humanos.
En 1999, Ochoa – acompañada por el Centro por la Justicia y el Derecho Internacional (CEJIL) y la Red de Organismos Civiles de Derechos Humanos – solicitó medidas cautelares ante la Comisión Interamericana de Derechos Humano. Posteriormente pidió medidas provisionales ante la Corte IDH. El motivo: las constantes amenazas y ataques contra Digna Ochoa y el PRODH.
Después de casi dos años, la Corte Interamericana de Derechos Humanos dio por concluidas las medidas provisionales otorgadas a Digna Ochoa; así como a los demás integrantes del Centro PRODH. Dos meses después, Digna fue asesinada.
La Procuraduría General de Justicia del Distrito Federal (PGJDF), encargada de la investigación interna, dictaminó en su momento que se trataba de un suicidio, por lo que se descartó continuar con el proceso de investigación de la muerte de la activista y el caso fue cerrado.
En 2001 la misma Procuraduría (hoy Fiscalía General), abrió una indagatoria que duró 10 años. Después de una década, la institución determinó el no ejercicio de la acción penal debido a que concluyó que se trató de un suicidio. La familia consideró que hubo diversas irregularidades y que no se garantizó el acceso a la justicia. Acudieron a la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, quien en 2013 aceptó el caso y en 2019 lo envió a la Corte Interamericana.
No fue suicidio
Pese a las amenazas, hostigamiento y acoso en su contra; los procuradores Bernardo Bátiz Vázquez (hoy representante del poder ejecutivo ante el Consejo de la Judicatura Federal); Rodolfo Félix Cárdenas; y Miguel Ángel Mancera Espinosa (hoy senador de la República), mantuvieron firme la determinación de suicidio.
Sobre esta teoría, el jurista internacional, Eugenio Raúl Zaffaroni, preguntó al testigo presentado por el Estado mexicano ¿cómo se explica un suicidio con tres disparos?
“De acuerdo con las pruebas periciales que fueron desahogadas, la explicación que nos proporcionó fue que Digna Ochoa primero accionó el arma, para el sillón o en el sillón, fue el primer disparo, para hacer como prueba de sonido, para saber si se acercaba algunas personas. Segundo momento el disparo en la pierna y tercer momento el disparó en cráneo”, respondió José Antonio Pérez Bravo.
–¿Se dio por probada esta situación definitivamente (el suicidio) o no se siguieron otras líneas de investigación posibles?, cuestionó el jurista.
La respuesta del testigo fue que la investigación tuvo distintos cauces: La línea de los militares; la línea Guerrero; y el entorno social, familiar y laboral (denominado Digna Ochoa). Todo esto se investigó de manera integral a partir de su trabajo profesional como abogada, según las autoridades mexicanas ante la Corte.
La jueza Elizabeth Odio Benito preguntó si se hicieron pruebas en las manos de la víctima para saber si ella disparó el arma. El entonces funcionario respondió que sí, pero fueron negativas porque la abogada llevaba guantes de látex.
–«¿Usted me está diciendo que una persona que se va a suicidar se pone guantes? ¿Es eso lo que usted está diciendo?”, inquirió la jueza.
–“En el caso así fue”, respondió el testigo.
Los jueces Humberto Antonio Sierra Porto y Patricio Pazmiño Freire preguntaron cómo es que una persona defensora, bajo amenazas y sin problemas familiares, tiene problemas mentales que la podrían llevar al suicidio.
El testigo del Estado Mexicano respondió que, después de revisar diversos análisis, no se encontró evidencia de que en la escena de la muerte hubiera otra persona que hiciera el disparo. También señaló que se hizo una “necropsia psicológica” y hubo elementos de prueba como sus diarios personales que dieron cuenta de su personalidad. Sin embargo, en esta audiencia no supo decir con certeza cuál eran las pruebas practicadas.
En su testimonio, Jesús Ochoa y Plácido (hermano de Digna), nombró a Renato Sales Heredia (en ese entonces subprocurador de Procedimientos Jurídicos y de Derechos Humanos de la PGJDF), como el funcionario responsable de sostener la hipótesis del «suicidio».
También acusó al entonces procurador Bernardo Bátiz Vázquez y a Margarita Guerra Tejada, esta última fue la fiscal especial designada para el caso Digna Ochoa.
De acuerdo con la información del expediente que conoció el organismo internacional; durante la etapa inicial de la investigación se practicaron mil 370 diligencias. Es decir: 282 declaraciones, 247 diligencias ministeriales, 269 pruebas periciales y 572 oficios recibidos e informes de la policía judicial.
La Procuraduría revisó cartas personales, diarios, correos electrónicos y documentos privados y públicos de Digna Ochoa. Revisó un viaje que hizo a Estados Unidos. Su salida del Centro de Derechos Humanos Miguel Agustín Pro Juárez. Su trabajo como becaria para la Fundación MacArthur; y una póliza de seguro que contrató, información según la cual planeaba quitarse la vida. La autoridad concluyó que padecía un Trastorno Esquizofrénico de la Personalidad, con marcados rasgos de paranoia.
Por su parte, Esmeralda Arosemena, representante de la Corte IDH, manifestó que el Estado mexicano “incurrió en responsabilidad al no haber cumplido debida diligencia ni investigar los hechos en un plazo razonable”.
Además, añadió que hubo “falencias graves al sostener la versión de un suicidio y no de un homicidio”.
Arosemena detalló que en este caso también hubo “falta de resguardo de elementos en la escena” y una “incompleta descripción de los hechos”.
En la audiencia también se señaló que hubo manipulación en los peritajes; toda vez que Digna Ochoa era diestra y, según lo que informan los dictámenes hechos por la Procuraduría del Distrito Federal, la defensora de derechos humanos se suicidó utilizando su mano izquierda. Asimismo, el arma utilizada en la escena del crimen tiene un número de registro que difiere del arma periciada.
El caso de Digna Ochoa retrata con dureza las deficiencias de la justicia mexicana. Los Gobiernos de diferentes partidos políticos que pasaron a lo largo de 20 años, Vicente Fox (2000-2006), Felipe Calderón (2006-2012) y Enrique Peña Nieto (2012-2018) no dieron respuesta sobre lo sucedido ni repararon el daño a la familia.
Con el gobierno de Andrés Manuel López Obrador, el Estado Mexicano ha asumido su responsabilidad, aunque hay que recordar que él era el jefe de gobierno del Distrito Federal cuando se cerró la investigación sobre el caso y con la sentencia y que el entonces procurador de Justicia de la Ciudad de México era Bernardo Batiz, hoy miembro del Consejo de la Judicatura Federal, el órgano que controla los juzgados de Distrito y Tribunales de Circuito en el país.
Veinte años después del crimen al presidente de México le tocará pedir disculpa pública, poner el nombre de Digna Ochoa y Plácido a una calle de Misantla y de la Ciudad de México, tendrá que dar un reconocimiento anual con el nombre de Digna Ochoa a un defensor de derechos humanos. Solo eso es un pedazo de la justicia porque la vida de la defensora de derechos humanos nunca se reparará.
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Este texto se publicó originalmente en Pie de Página: