Desde el sexenio de Fox al de López Obrador, en México han sido asesinados a 138 periodistas

México es uno de los países más peligrosos para ejercer periodismo, de acuerdo con la edición 2021 de la Clasificación Mundial de la Libertad de Prensa realizada por la organización Reporteros Sin Fronteras (RSF), nuestro país se encuentra en la posición número 143 de un total de 180 países en cuanto al ejericicio seguro de la libertad de prensa. Hasta el día de hoy se reportan 138 asesinatos de periodistas.

¿Cuál es el efecto de estos asesinatos? ¿Cuáles son las obligaciones del estado con los periodistas?

Por Josué Ibarra / @josueibarrasala

Foto portada: Ignacio Rosaslanda

El 19 de julio fue asesinado el periodista Abraham Mendoza en Morelia, Michoacán; cuatro días después, el 22 de julio, también fue asesinado Ricardo López, quien laboraba en el medio Infoguaymas en Sonora. Un mes antes, el 22 junio, ya había sido víctima de homicidio Saúl Tijerina de Noticias en la Web de Coahuila; el 17 de junio, Gustavo Sánchez de Noticias Minuto a Minuto de Oaxaca también fue víctima de homicidio; en mayo, lo mismo pasó con Benjamín Morales, quien laboraba como periodista en Sonora.

Ellos son los cinco periodistas asesinados en México durante el presente año, con sus lamentables muertes son ya  138 crímenes cometidos contra las y los periodistas mexicanos desde el año 2000.

Artículo 19, organización en pro de la defensa de la libertad de expresión y el derecho a la información, informó que pese al cambio de gobierno la situación de violencia que sufren quienes laboran como periodistas no ha cambiado en nada.

“(México), uno de los países más peligrosos del mundo. La vida de los periodistas de investigación es dura en este país, corroído por la corrupción y bajo la influencia de cárteles y narcotraficantes. Los asesinatos, los exilios y la autocensura se han convertido en la regla”, señaló la organización Reporteros Sin Fronteras (RSF).

Clasificación Mundial de la Libertad de Prensa

Pesames, pero ningún reconocimiento de responsabilidad

“Otro periodista asesinado… Descanse en Paz Abraham Mendoza y que se haga justicia. A eso deberían dedicar el dinero público, a fortalecer policías, fiscalías y juzgados. No a consultas Gansito ni a estadios de béisbol”, escribió el expresidente Felipe Calderón,

cuyo gobierno sumó 48 asesinatos a periodistas, la mayor cifra de los últimos 20 años, según Artículo 19.

Ese mismo sentir “crítico” expresó el expresidente Vicente Fox, quien también obvio la violencia contra las y los periodistas que se manifestó durante su gobierno:

LÓPEZ te has ganado a pulso el récord de más crímenes en todas sus categorías: PERIODISTAS, MUJERES, NIÑOS, CIVILES, POLICÍAS, ALCALDES, POLÍTICOS. ¿Para cuándo?”, escribió Fox en un tuit de noviembre de 2019.

Sobre el asesinato de Abraham Mendoza , el actual presidente Andrés Manuel López Obrador señaló que el crimen no quedaría impune. Además, agregó, que los crímenes contra las y los periodistas: “no son iguales a los sucedidos en los otros gobiernos.”

“El Gobierno de México refrenda su compromiso con las y los periodistas para que puedan ejercer su profesión en libertad y de forma segura. No somos iguales. Esta administración no espía a comunicadores, políticos ni activistas y mucho menos censura. Respetamos la privacidad y libertades”, comentó en un tuit Jesús Ramírez Cuevas, coordinador general de Comunicación Social de la Presidencia de la República.

Sin embargo, los crímenes siguen aumentando y cada sexenio se vuelve más violento el panorama para las y los periodistas, las cifras respaldan esto.

Periodistas asesinados en México: del gobierno de Fox al de AMLO

 

¿Qué efectos tiene los actos de violencia a los periodistas?

Según la Organización de los Estados Americanos (OEA), los actos de violencia en contra de las y los periodistas tienen tres efectos:

  • Vulneran el derecho de las víctimas a expresar y difundir sus ideas, opiniones e información;
  • Generan un efecto amedrentador y de silenciamiento en sus pares;
  • Violan los derechos de las personas y las sociedades a buscar y recibir información e ideas de cualquier tipo.

Esto demostrando que hay muchos que no son asesinados, pero el miedo que deriva de los asesinatos provocan en muchos periodistas miedo a contar la verdad.

La OEA comenta, además, que las obligaciones del estado con los periodistas debe ser una obligación estatal con tres deberes especiales resumidos en las tres “P”: Prevenir, Proteger y Procurar justicia.

Con “prevenir” hace referencia a que la promoción de la seguridad de periodistas no debe limitarse a adoptar medidas después de que hayan ocurrido los hechos. Por el contrario, se necesitan acciones de prevención dirigidas a atacar algunas de las causas profundas de la violencia contra periodistas y de la impunidad. Los deberes son:

  • Adoptar un discurso público.
  • Instruir a las fuerzas de seguridad sobre el respeto al trabajo de las y los periodistas
  • Respetar el derecho de los periodistas a la reserva de sus fuentes de información
  • Sancionar penalmente la violencia contra periodistas y trabajadores de los medios de comunicación.
  • Producir datos de calidad

En cuanto a Proteger esto incluye que los Estados tienen la obligación de proteger a aquellos periodistas cuyas vidas o integridad física están en peligro mediante la adopción de medidas concretas de protección; por ejemplo, existen mecanismo de protección que han sido implementados en diversos países.

Colombia: En el año 2000, los periodistas y comunicadores sociales fueron por primera vez reconocidos como una población en riesgo especial con la creación del “Programa de Protección a Periodistas y Comunicadores Sociales”, a cargo de la Dirección General para los Derechos Humanos del Ministerio del Interior.

México: En 2012, México se convirtió en el segundo país de la región en adoptar un mecanismo especializado de protección de periodistas en riesgo. La creación de este tipo de programas fue una de las principales recomendaciones formuladas por los relatores especiales de la CIDH y la ONU tras su visita in loco al país efectuada en agosto de 2010. Se creó un Comité Consultivo encargado de recibir solicitudes de protección, definir y dar seguimiento a medidas de prevención y protección para periodistas y facilitar la implementación de dichas medidas a nivel federal y local.

Honduras: El Congreso Nacional de Honduras aprobó en 2015 la “Ley de Protección para las y los Defensores de Derechos Humanos, Periodistas, Comunicadores Sociales y Operadores de Justicia”, que creó un Comité Técnico del Mecanismo de Protección, encargado de realizar los dictámenes de análisis de riesgo, deliberación y decisión sobre las solicitudes de protección presentadas ante la Dirección General.

En cuanto a la  Procuración de Justicia, la OEA hace referencia a que los Estados tienen el deber de investigar, juzgar y sancionar a todos los autores de los delitos contra comunicadores, tanto los materiales como los intelectuales, además de aquellas personas que fueron partícipes, colaboradores y/o encubridores.

Esta obligación implica:

  • Adoptar un marco institucional adecuado que asigne la responsabilidad de investigar y juzgar dichos delitos a las autoridades que estén en mejores condiciones para resolverlos, con suficientes recursos humanos, económicos, logísticos y científicos, y que cuenten con autonomía e independencia para actuar.
  • Actuar con debida diligencia y agotar las líneas de investigación vinculadas con el ejercicio periodístico de la víctima tomando en cuenta la complejidad de los hechos, el contexto en que ocurrieron y los patrones que explican el crimen, asegurando que no haya omisiones en la recopilación de prueba y en el seguimiento de líneas lógicas de investigación.
  • Efectuar investigaciones en un plazo razonable, evitando dilaciones o entorpecimientos injustificados que conduzcan a la impunidad. Una demora excesiva en la investigación de actos de violencia puede constituir por sí misma una violación de las garantías judiciales
  • Remover los obstáculos legales a la investigación y sanción proporcionada y efectiva de los delitos más graves contra periodistas. La CIDH ha llamado la atención especialmente acerca del uso de las leyes de amnistía generales para obstaculizar la investigación de hechos de graves violaciones de derechos humanos cometidas contra periodistas.
  • Facilitar la participación de las víctimas o sus familiares en todas las etapas e instancias de la investigación y en el juicio correspondiente.

Así mismo, la OEA se pregunta: “¿Cuáles son las obligaciones de los Estados en relación a la violencia contra las mujeres periodistas?”

Según la jurisprudencia interamericana, en casos de violencia contra mujeres periodistas los Estados tienen, además de las obligaciones genéricas señaladas, una obligación reforzada es actuar con debida diligencia a partir de las disposiciones existentes en materia de los derechos de las mujeres, tal y como se establece en la Convención Belém do Pará.

Por tanto, los Estados deben adoptar medidas de protección en casos específicos en los que determinadas mujeres periodistas corren un riesgo especial de ser víctimas de violencia, tomando en consideración las distintas formas de discriminación por otros motivos conexos como: su raza, etnia, edad u orientación sexual, entre otros.

Además, resulta indispensable además que las autoridades encargadas de proteger e investigar sean debidamente capacitadas en materia de género para evitar estereotipos discriminatorios a la hora de evaluar la credibilidad de la denuncia presentada, culpabilizar a la víctima, justificar los hechos por su actitud o comportamiento, o que por sus relaciones sentimentales se cuestione su honra o se utilice un vocabulario sexista.

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Aquí puedes leer el Informe completo de la Organización de los Estados Americanos:

https://www.oas.org/es/cidh/expresion/pedagogicos/violencia-periodistas.asp

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Josué Ibarra
Josué Ibarra
Estudiante de Estudios Políticos y Gobierno en la Universidad de Guadalajara. Caminando con las raíces de mi pueblo y luciéndolas con honor. El periodismo, la democracia, la empatía y la justicia son la estructura del progreso.

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