Las mujeres representan el 5.62% de la población privada de libertad en México.
Faviola Elenka Tapia Mendoza, abogada penalista y Visitadora Adjunta en la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH), reconoció que, en este caso, ser una minoría dentro del sistema penitenciario, ha implicado para ellas recibir un trato desigual que limita su derecho a la reinserción social. Así lo afirmó en el conversatorio “Derechos Humanos de las mujeres en reclusión: las desigualdades desde el encierro”, organizado por el Museo de la Mujer en la Ciudad de México.
Por Leslie Zepeda / @lesszep2
Ilustración: Veroka Velásquez
En México, se omiten constantemente las recomendaciones que realiza la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), respecto al derecho a una vida digna para las mujeres dentro de los centros penitenciarios, que propicie su acceso a la reinserción social, manifestó Faviola Elenka Tapia Mendoza, abogada penalista y Visitadora Adjunta en la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH).
En ese sentido, los Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), estipula la importancia de implementar medidas respecto a los derechos de las mujeres, las mujeres embarazadas, las madres lactantes, la protección de niñas y niños, personas indígenas y personas afrodescendientes; sin embargo, este instrumento evidencia las negligencias que viven las mujeres en los centros penitenciarios de México.
Dentro del conversatorio, “Derechos Humanos de las mujeres en reclusión: las desigualdades desde el encierro”, organizado por el Museo de la Mujer en la Ciudad de México, la abogada compartió datos proporcionados por el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria que demuestran la situación en la que viven más de 12 mil mujeres en el país dentro de los centros penitenciarios:
Hasta el 17 de febrero de este año, se contabilizaron 217 mil 969 personas en reclusión penitenciaria, de las cuales el 5.62% (12 mil 253 personas) son mujeres. Al respecto, Tapia Mendoza señaló que esto ha significado “desatención por parte de las autoridades”, debido a la baja proporción numérica. Muestra de ello, precisó, es que existen centros penitenciarios con tres o hasta una mujer privada de la libertad en estos espacios.
Durante 2019 y hasta agosto de 2020 se registró el aumento del 24.6% de mujeres en Prisión Preventiva Oficiosa, el más alto desde 2013. En el caso de los hombres este representó el 17.9%. Para Tapia Mendoza, esto quiere decir que “la criminalización en contra de las mujeres es mucho más severa que con los hombres”.
En ese sentido, la también visitadora de la CNDH, mencionó que las mujeres que cometen algún delito suelen ser estigmatizadas y enjuiciadas socialmente, más allá de la sanción penal que reciben; y frente a ello se les otorga un castigo mayor por cometer cualquier delito.
Así lo identificó la organización Reinserta en su último Diagnóstico sobre la Percepción del Desempeño de la Defensoría Penal en México 2020, donde realizaron 3 mil 73 entrevistas a personas privadas de la libertad en cinco entidades federativas. El resultado fue evidente, en promedio las mujeres son sentenciadas a 23 años de prisión, mientras que, los hombres, obtienen alrededor de 17 años, particularmente en delitos graves.
En México, solamente cuatro estados cuentan con centros penitenciarios exclusivos para mujeres, y de los 288 centros penitenciarios que hay en el país, solamente uno a nivel federal es exclusivo para ellas. A la par, 100 de estos son considerados mixtos y albergan a 54% de las mujeres en reclusión. Esta situación, expresó la abogada, evidencia que no se cuentan con las condiciones adecuadas para el desarrollo de una vida digna.
Por ejemplo, a la par de las dificultades que enfrentan para recibir asistencia médica mínima básica, no se les otorgan espacios permanentes para visitas familiares, así como de visitas íntimas, advirtió la abogada
Además, en estos centros las mujeres no reciben atención especializada para sus necesidades, lo que recrudece las situaciones de vulnerabilidad a las que pudieron ser expuestas previo a su privación de la libertad.
Sin embargo, una de las mayores preocupaciones es que “la mayoría de los espacios penitenciarios no están diseñados para una visión de inclusión hacia las mujeres”. Y es que, Tapia Mendoza señaló que aunque los centros penitenciarios deben contar con espacios que subsanen las necesidades y los servicios básicos de hombres y mujeres, -incluso cuando se trata de centros mixtos-, es común que las mujeres tengan que trasladarse a los sitios donde se encuentran los hombres para recibir educación, atención médica y demás servicios.
En el caso de las mujeres que son madres, advirtió que resulta necesario la implementación de medidas y acciones especializadas para ellas y sus hijos. Por ejemplo, no hay centros penitenciarios que cuenten con instalaciones que permitan a ellas y a los infantes acceder a una vida normal, incluso encontrándose dentro de un centro penitenciario.
“Una mujer en prisión es vulnerable en un doble sentido, porque es sujeta de abandono. En primera instancia por parte de la familia, aunque ese delito haya sido por garantizar algún sustento para su familia. Lo que conlleva a la etiqueta de delincuente que en el caso de tener hijos también la clasifican como una mala madre La segunda es por la propia institución penitenciaria, al concederle la mínima significatividad a las condiciones de encierro de la población femenil.”
Elenka Tapia hizo hincapié en que la falta de atención también se traduce en violencia institucional. La carencia de garantías, recursos y/o herramientas como cursos o talleres que les faciliten la reinserción social de las mujeres recluidas vulnera sus derechos humanos:
“Las mujeres presas viven el internamiento bajo circunstancias desiguales e inequitativas con respecto a la población de varones.” así lo puntualizó Elenka tapia.
La transmisión completa se encuentra en la página oficial de Museo de la Mujer.