Durante el proceso electoral 2020-2021 en Jalisco se han presentado 24 quejas por violencia política contra las mujeres en razón de género, ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco (IEPC).
Por Dalia Souza / @DaliaSouzal
Ilustración de portada ONU Mujeres
A la par de la Reforma de Paridad Transversal (Paridad en Todo) que garantiza la participación equitativa e igualitaria de las mujeres en los procesos electorales, por primera vez es aplicable en el país una legislación en materia de violencia política contra las mujeres en razón de género.
Ha pasado un año de la reforma realizada a la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y la adición del artículo 20 Bis, que reconoce de manera histórica el delito de violencia política contra las mujeres.
Si bien, estas formas de violencia “continúan siendo uno de los principales obstáculos para el ejercicio de los derechos políticos de las mujeres” precisa el Cuadernillo de la Comisión Nacional de Derechos Humanos (CNDH) sobre esta materia, no había sido reconocida y tipificada, lo que volvía difícil para las autoridades electorales investigarla y sancionarla, advierte el mismo documento.
Ciertamente, a medida que las mujeres continúan sumando esfuerzos para participar en la vida política del país a través del ejercicio de y/o aspiración a cargos públicos, estas formas de violencia han incrementado. Al mismo tiempo, la tarea valiente de visibilización que han realizado las colectivas y organizaciones de mujeres ha conseguido colocar en la agenda pública su comisión reitera y sistemática.
En Jalisco han sido presentadas ante la autoridad local electoral, 24 quejas por violencia política contra las mujeres en razón de género: cuatro de ellas ya han sido resueltas y se acreditó la comisión de este delito (16%); y ocho más permanecen en trámite (33%).
Respecto al 50% restante, seis fueron desechadas y en las otras seis, aunque no se acreditó la existencia de violencia política contra las mujeres, se reconoció que se cometieron actos de violencia de género en contra de las quejosas, así lo informó Zoad García, Consejera del Instituto Electoral y de Participación Ciudadana de Jalisco (IEPC Jalisco) en entrevista.
En ese sentido, refirió el caso de la regidora Liliana Lomelí del municipio de Poncitlán, quien presentó una queja ante el IEPC en contra del alcalde Luis Miguel Núñez López; el Secretario General, Javier Zamora Reyes; y la regidora de la Comisión Edilicia de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombre, Julia Carrillo Ulloa.
Según advirtió, aunque en primera instancia el tribunal electoral local determinó que sí se cometieron actos de violencia política en razón de género, la Sala Regional Guadalajara del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) concluyó que no, por lo tanto, regresó el expediente para un nuevo análisis. Finalmente, si bien reconocieron la existencia de violencia de género, no fue así sobre el delito de violencia política.
LOS CASOS
Caso Zapotlanejo
La regidora Refugio Camarena del Ayuntamiento de Zapotlanejo, denunció haber sido víctima de violencia política contra las mujeres en razón de género por parte de Héctor Álvarez, alcalde de este municipio, el pasado 26 de junio de 2020 durante una sesión ordinaria de cabildo.
Tanto el Tribunal Local Electoral y la Sala Regional Guadalajara del TEPJF, concluyeron que el edil había incurrido en actos de violencia política en razón de género contra de la regidora Camarena. Por ello, fue merecedor de una sanción que incluye presentar una disculpa pública y la reparación de daño para la agraviada.
Caso Periódico La Voz del Sur
El 25 de enero un grupo de mujeres integrantes de organizaciones feministas y a título personal presentaron una denuncia ante el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana (IEPC) de Jalisco, donde le exigieron iniciar un Procedimiento Sancionador Especial (PSE) en contra del medio La Voz del Sur de Jalisco por cometer violencia política contra las mujeres en razón de género.
Las mujeres denunciaron que la portada de la edición 1560 de La Voz del Sur, un semanario de circulación regional en Ciudad Guzmán, publicado el 22 de enero de 2020, incluía una imagen de dos mujeres jalándose del cabello junto con la leyenda “Mujeres pelearán por la alcaldía de Zapotlán”.
Luego de revisar el caso, el 30 de enero el IEPC Jalisco consideró que la publicación del medio atenta contra las mujeres y afecta la contienda electoral al crear la falsa idea de que ellas solo pelean en la política.
Por lo tanto, el organismo electoral ordenó al semanario a abstenerse de realizar más publicaciones que contengan estereotipos de género y a retirar la imagen de portada publicada el 22 de enero, tanto en sus ediciones físicas como virtual. Asimismo, a emitir una disculpa pública con las mismas proporciones de la publicación señalada.
De manera particular, el dueño del medio fue anotado en el Registro de Personas Infractoras del Tribunal Electoral y fue llamado a tomar un curso sobre Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género.
Caso Tlaquepaque
La regidora María Eloísa Gaviño Hernández del Ayuntamiento de Tlaquepaque, denunció al regidor Alfredo Barba Mariscal, por violencia política contra las mujeres en razón de género.
Según habría precisado ante las autoridades y los medios de comunicación, durante la sesión de cabildo del 25 de febrero, ella le cuestionó al también expresidente municipal de Tlaquepaque, sobre una deuda que había adquirido para el municipio durante su administración en el periodo 2012-2015. La respuesta del funcionario, señaló la regidora, fue agresiva, ofensiva e irrespetuosa, además advirtió que esta no había sido la primera vez que Barba Mariscal había tenido una reacción semejante hacia su persona.
En este caso, el Tribunal Local acreditó la existencia de actos de violencia política contra las mujeres en razón de género.
Es importante precisar que en 2016 el mismo funcionario había sido señalado por María Elena Limón García,alcaldesa del municipio de Tlaquepaque. De acuerdo con sus declaraciones, Limón presentaría una denuncia por violencia política, ya que él, junto con el regidor, Luis Armando Córdova, eran violentos y “trataban de obstaculizar su trabajo”.
Los agresores continúan aspirando a puestos públicos
Previo a la fecha de arranque de las campañas electorales, cinco de los siete consejeros y consejeras del IEPC, en sesión extraordinaria aprobaron la candidatura de Fernando Martínez Guerrero, como diputado local del Distrito 18 por el partido Movimiento Ciudadano (MC).
Ello, pese a que el alcalde de Cihuatlán con licencia tiene una sentencia condenatoria por cometer actos de violencia política contra las mujeres en razón de género, luego de la queja presentada por la Regidora María Guadalupe Becerra en el año 2019.
La consejera Zoad García quien junto con su homóloga Silvia Bustos votaron en contra de la aprobación de su registro como candidato, reiteró en entrevista su postura.
Desde su apreciación compartió que, aunque el representante del partido MC, Juan José Ramos haya alegado durante la sesión que los actos de violencia que denuncia la regidora agraviada no pueden ser acreditados de manera directa a Martínez Guerrero, ciertamente el edil con licencia cometió actos de violencia política contra las mujeres en razón de género, al provocar el menoscabo de los derechos constitucionales de la funcionaria para desempeñar el cargo para el que fue electa:
“En lo personal coincido, no debe de ser registrado como candidato una persona que desde mi apreciación no tiene un modo honesto de vivir; porque si bien como lo dijo el representante del partido que lo está postulando, que “la agresión no se había acreditado hacia esa persona que se propone como candidato”, no obstante, a esta regidora se le dejó de pagar, ha interpuesto varios juicios para que le paguen su salario como funcionaria pública, y desde mi apreciación eso también es violencia.
Eso indica para mí que una persona no está respetando los derechos que una mujer tiene para desempeñar su cargo al que fue electa de manera popular. Por lo tanto, desde mi apreciación no debía de pasar esa candidatura”.
No obstante, advirtió que al tratarse de un órgano colegiado y ya que el resto de los consejeros y consejeras votaron a favor, Martínez Guerrero mantiene su candidatura.
El domingo 4 de abril, la agrupación de mujeres Las Paritaristas, a través de su vocera Nancy Castañeda, aseguró a ZonaDocs que impugnarán la candidatura de Fernando Martínez Guerrero, puesto que, no permitirán que “ningún agresor llegue al poder”.
Es importante señalar que en virtud de la iniciativa feminista “3 de 3 Contra La Violencia Hacia Las Mujeres”, aprobada por el Instituto Nacional Electoral (INE) el 28 de octubre de 2020, todo aspirante a puestos de elección popular deberá firmar un formato de buena fe y bajo protesta de decir verdad donde establezca que cumple con los siguientes requisitos obligatorios:
- No contar con antecedentes de denuncia, investigación y/o procesamiento y en su caso, no haber sido condenado o sancionado mediante resolución firme por violencia familiar y/o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público;
- No contar con antecedentes de denuncia, investigación y/o procesamiento y, en su caso, no haber sido condenado o sancionado mediante resolución firme por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal y;
- No estar inscrito o tener registro vigente como deudor alimentario o moroso que atente contra las obligaciones alimentarias, salvo que acredite estar al corriente del pago o que cancele en su totalidad la deuda ante las instancias que así correspondan.