El pasado 24 de enero, Ale decidió hacer valer a su favor la recién aprobada Ley Olimpia en el estado de Jalisco. Denunció a su expareja por el delito de violación a la intimidad sexual, ya que el sujeto habría grabado sin su consentimiento y, distribuido en una página de pornografía, un video en el que ella aparece.
Acompañada por una colectiva feminista, confía en que su caso será uno de los primeros en judicializarse y sancionar a su agresor; esto luego de que el Congreso del Jalisco eliminara por “error” la reforma de los artículos que garantizan la seguridad digital de las mujeres y conforman la Ley Olimpia en el estado.
Por Dalia Souza / @DaliaSouzal
“Si ya está la Ley Olimpia, hay que hacer justicia” afirma Ale, quien, a finales de enero de 2021, decidió denunciar a su expareja por el delito de violación a la intimidad sexual.
Acompañada de sus amigas, de su novio y de una colectiva de mujeres feministas en Jalisco, optó por no callar más y poner un alto a este sujeto que presuntamente grabó, almacenó y distribuyó sin su consentimiento un video de índole sexual donde ella aparece.
El clip fue distribuido en uno de los cinco sitios de pornografía más visitados en Estados Unidos y en todo el continente americano: XVideos, una página/red social semejante al YouTube para el almacenamiento y distribución de contenido pornográfico muy popular en la última década, incluso, por encima de YouPorn, Pornhub, XXNX y Redtube. De acuerdo con estimaciones de la propia página, se llegan a subir entre 1200 y 2000 videos diariamente con estas características.
Ale no sabía de su existencia, pero cuando una persona le compartió el enlace al sitio donde se encontraba alojado el video -en una especie de perfil público disponible y visible para los usuarios y visitantes de la página-, pudo identificar que había al menos 11 videos más donde aparecen otras mujeres.
“Yo ni siquiera sabía de la existencia de este video, me sorprendí. Yo me doy cuenta porque el viernes 22 de enero de este año, estaba en mi trabajo y me contactaron por Messenger para hacerme llegar un enlace que me piden checar pues “es muy importante”. Doy clic y veo que es perfil porno de él, en XVideos”.
La joven, además, notó que el material en el que ella aparecía tenía al menos 4 mil 500 reproducciones; es decir, éste llevaba varios meses alojado en la web. Incluso, gracias a la ayuda de una persona experta en programación, logró detectar que, pese a que el perfil ha sido dado de baja, el video se encuentra en otras 20 páginas del internet.
La denuncia fue presentada ante el Centro de Justicia para las Mujeres (CJM) donde ya se encuentra abierta una carpeta de investigación por el delito de violación a la intimidad sexual.
De acuerdo con una de las mujeres feministas que acompaña desde la sororidad a Ale, hay al menos otras tres víctimas más; sin embargo, la naturaleza del delito se suma al temor que éstas tienen a recibir represalias del parte del mismo sujeto que, hasta ahora, aun no ha sido llamado a declarar.
Después de varios tropiezos legislativos, una Ley Olimpia que podría garantizar a las mujeres de Jalisco justicia y seguridad digital
En Jalisco, el Congreso del Estado anunció el 3 de septiembre de 2020 la adición de los artículos 176 Bis 1 sobre “violación a la intimidad sexual” y 176 Bis 2 sobre “ciberacoso” al Código Penal, como una acción para garantizar la seguridad digital de las mujeres conforme a lo establecido en la Ley Olimpia, un conjunto de reformas legislativas para reconocer la violencia digital y las conductas que atenten contra la intimidad sexual de una persona-.
Sin embargo, con fecha del 7 de noviembre, la página oficial del Congreso del Estado informó sobre una actualización al código que implicaba la eliminación del delito de “Violación a la intimidad sexual” es decir el 176 Bis 1 y su remplazo por otro de nueva creación que tipifica el “Aprovechamiento sexual”, cuyo objetivo sancionatorio es muy semejante al ya existente sobre hostigamiento sexual y no está relacionado con la violencia digital.
Fueron las colectivas feministas que conforman la Red YoVoy8deMarzo, quienes, en el marco de las jornadas por la eliminación de la violencia contra las mujeres, denunciaron el actuar de la autoridad legislativa.
Tras la denuncia pública, la diputada, Sofía García Mosqueta, impulsora de la Ley Olimpia en el estado, afirmó en entrevista con ZonaDocs y con otros medios locales, que todo se trató de “un error de procedimiento” que desde el pasado 27 de noviembre se había buscado resarcir. En ese sentido, se informó que ya se había presentado una nueva iniciativa donde se contemplaba la adición del artículo que fue suplantado, pero ahora en el numeral 176 Bis 3.
De esta forma, con el número de decreto 28263/LXII/20 el martes 8 de diciembre de 2020, fue publicada en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco la adición de dicho artículo, que entró en vigor el día siguiente a esta fecha.
Por lo tanto, el delito de violación a la intimidad sexual quedó suscrito en el artículo 176 Bis 3, estableciendo lo siguiente:
Comete el delito de violación a la intimidad sexual quien, por cualquier medio difunda, exponga, divulgue, almacene, comparta, distribuya, compile, comercie, solicite, haga circular, oferte o publique, amenace con difundir, imágenes, audios o videos de contenido, real, manipulado y/o alterado de una persona desnuda, parcial o totalmente o cualquier contenido erótico o sexual, ya sea impreso, grabado o digital, sin el consentimiento de la víctima, o que haya sido obtenido bajo engaño o manipulación.
Aquella persona que resulte responsable será sancionada de uno a ocho años de prisión y multa de mil a dos mil Unidades de Medida y Actualización. Sin embargo, la pena podría aumentar el doble cuando:
1) el delito sea cometido por el cónyuge o por la persona con la que esté, o haya estado unida la víctima por alguna relación de afectividad;
2) Cuando el sujeto activo mantenga una relación familiar, religiosa, laboral, docente o educativa, o de carácter político;
3) Cuando el aprovechando de su condición de responsable o encargado de algún establecimiento de servicio público realice alguna de las conductas establecidas;
4) Cuando aprovechando su condición de responsable o encargado de algún medio de comunicación impreso, grabado, digital, radiofónico o televisión en cualquiera de sus modalidades difunda, compile, publicite o reproduzca material íntimo sin su consentimiento.
Si bien, las y los diputados de la LXII legislatura subsanaron la falla apenas unas semanas después, Vero Correa, integrante de la colectiva Me Cuidan Mis Amigas, señaló que, en medio de esta desorganización, posterior a los llamados “errores de procedimiento”, fueron documentados casos de mujeres que no habían sido correctamente canalizados por la autoridad de justicia para denunciar este delito.
Incluso, se desconocía si los delitos de violación a la intimidad sexual y ciberacoso tendrían que ser llevados por la Fiscalía del Estado, por el Centro de Justicia para las Mujeres o, por la Policía Cibernética. Hubo casos, donde se le dijo a las víctimas que no podían denunciar dicho delito, pues los hechos habían sucedido durante el tiempo en el que éste no estaba vigente.
“Ley Olimpia no entraba” les decían y se les negó el acceso a denunciar el delito”.
Según informó el periodista José Carlos Toral, la diputada, Sofía García Mosqueda, afirmó en diciembre pasado que, de acuerdo con el fiscal del estado, “ya había 30 denuncias sobre este delito” hasta ese momento. Por lo cual, advirtió que tendría que notificarse a las personas que denunciaron mientras no estaba vigente el artículo 176 Bis 3, para que acudieran nuevamente a presentar su denuncia.
Pendientes aún por resolver los procesos jurídicos para hacer valer y aplicar la Ley Olimpia en el estado de Jalisco, tanto para la denuncia de las víctimas como para la investigación y sanción a los responsables, la integrante de la colectiva Me Cuidan Mis Amigas, manifiesta que tienen la esperanza de que este caso, por los elementos de prueba que existen, sea el primero en judicializarse y hacer valer la justicia para Ale y todas aquellas jóvenes, adolescentes, niñas y mujeres que han sido violentadas en su intimidad sexual y seguridad digital:
“Se despersonaliza a las mujeres denunciantes; hay malas prácticas para explicar, para investigar, para tratar y las mujeres que acuden se topan con este impedimento. Sin embargo, tenemos esperanza de que sea el primero en judicializarse, que sea el primero en el que se va a aplicar la ley, porque puede haber cinco mil denuncias apegados a esta modalidad, pero si el MP no reúne las pruebas para que se inicie una investigación en contra del agresor, esto no va a llegar a un buen puerto”.
Por ahora, Ale espera que quien se encuentra a cargo de su denuncia en el Ministerio Público, actúe con diligencia integrando los elementos probatorios y, con ello, garantice su seguridad y justicia, pues su agresor sigue libre.