En una acción histórica la SCJN podría reafirmar su compromiso con los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en el estado de Veracruz: Ipas CAM

A través de un comunicado, la organización Ipas CAM recordó que este miércoles 29 de julio, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) podría reafirmar su compromiso con los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en el estado de Veracruz; y es que, llevará a cabo la discusión del proyecto de sentencia sobre aborto, correspondiente al Amparo 636/2019, el cual fue presentado por la omisión en la que han incurrido las y los diputados de aquel estado al no modificar un marco normativo que genera discriminación y violación a los derechos humanos de las mujeres.

Con ello, la organización a favor de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres en México y Centroamérica, envío una carta al Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, Presidente de la Primera Sala de la SCJN y responsable de iniciar este amparo que permitirá la discusión de la tipificación del aborto en el Código Penal del Estado de Veracruz.

Por Redacción ZonaDocs / @ZonaDocs

La resolución que llevé a cabo la Primera Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) este miércoles 29 de julio “marcará la diferencia entre un escenario de derechos humanos o de criminalización y violencia contra las mujeres” en el estado de Veracruz, afirmó la organización Ipas CAM.

Y es que, recordaron que este miércoles 29 de julio la SCJN discutirá el proyecto de sentencia relacionado con el Amparo 636/2019; donde las y los ministros revisarán si la legislación penal en Veracruz en materia de interrupción del embarazo se apega al marco constitucional de derechos humanos de las mujeres.

Más información: MAREA VERDE EN VERACRUZ LUCHA PORQUE SE DESPENALICE EL ABORTO EL PRÓXIMO 29 DE JULIO https://www.zonadocs.mx/2020/07/27/marea-verde-en-veracruz-lucha-porque-se-despenalice-el-aborto-el-proximo-29-de-julio/

Las dos ministras y los tres ministros de la SCJN, señaló Ipas CAM, discutirán la tipificación del aborto en el Código Penal del Estado de Veracruz, donde hasta ahora la práctica es un delito y sólo “establecen ciertas excepciones en las que esta acción puede ser considerada punible o no ser castigada”.

Estas condicionantes, expresó la organización a favor de los derechos sexuales y reproductivos, permiten a algunas mujeres -en ciertos casos- acceder a procedimientos “legales para abortar” dentro de los servicios públicos de salud, sin embargo, muchas otras, “la gran mayoría” advierte Ipas CAM:

“son criminalizadas, estigmatizadas, extorsionadas y/u orilladas a buscar procedimientos en la clandestinidad, que muchas veces implica recurrir a procedimientos inseguros, que las colocan en situaciones de riesgo y vulnerabilidad con efectos lamentables para ellas y sus familias”.

Son cinco las causas absolutorias por las que una mujer puede acceder a procedimientos de aborto legal, explicó la organización:

  1. Cuando el embarazo es producto de violencia sexual, siempre que se lleve a cabo en los primeros 90 días de la gestación;
  2. cuando el aborto es resultado de un acto imprudencial o involuntario por parte de la mujer o la persona que provocara el aborto;
  3. cuando la continuación del embarazo pone en peligro la vida de la mujer;
  4. cuando se diagnostican malformaciones en el producto del embarazo;
  5. cuando el embarazo es resultado de una inseminación artificial no consentida.

En virtud de ellas, consideró Ipas CAM, la revisión del Amparo 636/2019:

“Representa una oportunidad histórica para que la Suprema Corte de Justicia de la Nación reafirme su compromiso con los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres como una oportunidad para acercarlas a condiciones de vida digna y de justicia social en un contexto de alta violencia de género, feminicidios, violencia sexual, crimen organizado, etc.”.

Las cuales, hasta ahora, han sido restringidas por las decisiones de las y los diputados del Congreso del Estado de Veracruz, quienes han incumplido con “recomendaciones, acuerdos y tratados internacionales que México ha firmado”, entre ellas: el derecho a la vida digna, a la salud, a la autodeterminación reproductiva, a la libertad reproductiva y sexual, a la intimidad, a la igualdad, a la no discriminación, a la libertad de creencias y religión y, por supuesto, al aborto, aseveró Ipas CAM.

Por ello, advirtieron que “la despenalización del aborto es una medida necesaria, urgente, de salud pública y de justicia social” y así como el Estado mexicano tiene la obligación de hacer valer este derecho humano –debido a su adscripción a los acuerdos de la CEDAW y de la Convención Belém do Pará-, sus sistemas locales, en este caso el Congreso de Veracruz, deben “reformar o eliminar leyes que resulten contrarias a las recomendaciones internacionales y/o discriminatorias contra las mujeres”.

De la misma forma, el pasado 27 de julio, la Directora de Ipas CAM, María Antonieta Alcalde Castro envío una carta al Ministro Juan Luis González Alcántara Carrancá, Presidente de la Primera Sala de la SCJN y responsable de iniciar este amparo que permitirá la discusión de la tipificación del aborto en la legislación penal del estado de Veracruz, en la cual recordó a la SCJN que:

“La despenalización del aborto es una medida acorde con las obligaciones de los Estados en materia de derechos humanos de las mujeres, particularmente de sus obligaciones de prevención de la violencia en contra de la mujer y de garantías de su derecho al estándar más alto de salud sexual y reproductiva sin discriminación”.

Finalmente, Ipas CAM, confió en que el fallo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación buscará “garantizar el acceso a los derechos sexuales y reproductivos” y con ello, ratificará “el compromiso del Estado veracruzano con la salud, la integridad y la vida de las mujeres de la entidad”.

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Dalia Souza
Dalia Souza
Periodista apasionada de la radio, comprometida con quienes resisten en la exigencia de verdad, memoria y justicia. Creo que el periodismo es una herramienta para construir paz y cambio social.

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