Detenciones arbitrarias de jóvenes durante protestas en Guadalajara, deben ser reconocidas también como desapariciones forzadas

Luego de un análisis profundo sobre los acontecimientos de represión y violencia policial los días 4 y 5 de junio en Guadalajara, durante las protestas para exigir alto a estas prácticas y justicia para Giovanni López quien fue asesinado mientras se encontraba en custodia de policías municipales de Ixtlahuacán de los Membrillos en Jalisco, el Programa de Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana “pide que los hechos ocurridos en Jalisco no permanezcan en la impunidad”; ya que, según han denunciado, los actos cometidos “no solo deben ser catalogados como detenciones arbitrarias, sino que también deben ser reconocidos como desapariciones forzadas”.

Para las y los académicos, así como defensores de derechos humanos, resulta fundamental que se lleve a cabo una investigación exhaustiva respecto a los actos perpetrados y se suspenda de sus funciones a los miembros de las fuerzas de seguridad que presuntamente hayan participado en las desapariciones.

Por Dalia Souza / @DaliaSouzal

La jornada de acciones de protesta del pasado viernes 5 de junio, terminó con la detención de más de 80 personas de manera arbitraria, ilegal y violenta por elementos de seguridad de la Fiscalía del Estado de Jalisco quienes, vestidos de civiles, encapuchados, armados y montados arriba de camionetas sin ninguna identificación oficial, se llevaron “al azar” a ciudadanos y ciudadanas que buscaban asistir a la concentración que fue convocada para exigir justicia por Giovanni López y la liberación de 28 personas que fueron reprimidas y detenidas arbitrariamente dentro de las instalaciones de la Fiscalía del Estado, durante las manifestaciones del día jueves 4 de junio en el centro de Guadalajara.

En el marco de estos hechos de violencia y represión policial, el Programa de Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana se ha pronunciado a través de un análisis profundo de la situación, donde además de señalarlos, pone en evidencia los marco legales nacionales e internacionales que condenan estas prácticas como violaciones graves a derechos humanos y crímenes de lesa humanidad.

A decir de Fernanda Lobo Díaz y Jorge Ruiz Reyes, integrantes del Programa de Derechos Humanos de la IBERO, el modus operandi utilizado por las fuerzas de seguridad en Jalisco durante las protestas de los días 4 y 5 de junio, no sólo pone de manifiesto la comisión de detenciones arbitrarias, ya que, “manifestarse es un derecho reconocido en el artículo 9 de la Constitución Mexicana”, sino, además, obliga a que estos actos sean “reconocidos como desapariciones forzadas”.

Y es que, explican que dichas prácticas cuentan con “los tres elementos de conducta” que instrumentos internacionales de derechos humanos, como la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas de 1994 y en la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas Contra la Desaparición Forzada de 2007 (de los cuales México forma parte), han establecido para determinar como tal, este crimen de lesa humanidad:

  1. La privación de la libertad contra la voluntad de la persona;
  2. La participación de agentes gubernamentales (de manera directa o con tolerancia o aquiescencia);
  3. La falta de información o negativa a reconocer la privación de la libertad, y de proporcionar información sobre el paradero de la persona.

Asimismo, señalan, la desaparición forzada como delito y bajo estos patrones se encuentra tipificada en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada de Personas, Desaparición Cometida por Particulares y del Sistema Nacional de Búsqueda, en su artículo 27.

Por lo tanto, quienes integran el Programa de Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana consideran que existe información que permite identificar que estos tres elementos estuvieron presentes en los eventos de los últimos días”.

Primero, señalan, porque durante las protestas de ambos días se documentaron detenciones arbitrarias “donde a las personas no se les expusieron los motivos por las que las fueron detenidas”, mientras que, algunas de las personas víctimas “no fueron puestas a disposición de manera inmediata ante las autoridades correspondientes, sino que fueron “paseados” en la Zona Metropolitana de Guadalajara y posteriormente abandonados en las periferias sin dinero o celulares para comunicarse”.

En ese sentido, recuerdan que “las autoridades están obligadas a ingresar cualquier detención dentro del Registro Nacional de Detenciones”, mismo que tiene el objetivo de “prevenir la violación de los derechos humanos de la persona detenida, actos de tortura, tratos crueles, inhumanos y degradantes, o la desaparición forzada”; éste, además, se encuentra establecido en la Ley General en Materia de Desaparición Forzada en su artículo 48, como una herramienta para evitar la comisión de este delito.

No obstante, denuncian, “no todas las detenciones de ese día fueron ingresadas al sistema”.

En segundo lugar, refieren que los agentes estatales que participaron en las detenciones “no portaban algún tipo de identificación, además de que utilizaron vehículos que tampoco contaban con placas o insignias que permitieran constatar que eran vehículos oficiales”. Fue sólo hasta después de denunciar los hechos y algunas horas más tarde que se “dio a conocer que elementos de la Fiscalía del Estado de Jalisco fueron quienes participaron en las detenciones”.

Como tercer punto, manifiestan que durante los hechos del 5 de junio “pasaron casi 24 horas hasta tener una respuesta oficial”, así como, para ubicar a las personas que fueron detenidas; esto sólo fue posible gracias al trabajo colectivo y solidario de redes feministas y organizaciones, quienes documentaron la información que permitió conocer el paradero de las personas:

“Reiteramos que en este lapso hubo una falta de información por parte de las autoridades para conocer el paradero de las personas que estaban detenidas”, expresaron.

Si bien, señalan que el día 8 de junio de 2020, “ya se ha localizado a la mayoría de las y los agraviados” y el gobernador del Estado de Jalisco, Enrique Alfaro, habría afirmado que los jóvenes ya habían sido liberados, “no proporcionó información certera acerca de cuántas personas fueron retenidas en contra de su voluntad”.

Al respecto, aunque advierten que se informó de la liberación y localización de la mayoría de las y los detenidos, esto no borra el hecho de que fueron desaparecidos forzadamente; ya que, el Comité de las Naciones Unidas Contra la Desaparición Forzada (CED), determinó a través del dictamen 1/2013, correspondiente al caso del argentino Roberto Agustín Yrusta, que el delito de desaparición “no depende del tiempo que una persona permanezca detenida sin que se sepa dónde está”, sino, del tiempo en el que las personas permanecieron desprotegidas de sus derechos:

“Por lo tanto, es importante no descartar investigaciones y exigir sanciones por el delito de desaparición forzada, inclusive, aunque éstas hayan tenido una duración específica, ya que durante este periodo se encontraron desprotegidos/as de sus derechos”, sentenciaron.

Fernanda Lobo Díaz y Jorge Ruiz Reyes, recuerdan que en México también existe una resolución semejante sobre el caso de Marco Antonio Sánchez Flores, quien fue víctima de desaparición por policías de la Ciudad de México en el año 2018. Sobre este caso, el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito logró determinar que sí existió el delito de desaparición forzada en el hecho, sin importar que Marco Antonio fuera localizado con vida posteriormente:

“La desaparición forzada es un delito sumamente grave, que si se realiza en un contexto de ataques sistemáticos y generalizados contra la población civil, pueden ser catalogados como crímenes de lesa humanidad”, expresaron.

Por ello y junto al pronunciamiento del Consejo Ciudadano del Sistema Nacional de Búsqueda de Personas Desaparecidas sobre exhortar a las autoridades a investigar lo sucedido en el estado como desaparición forzada, demandan que “los hechos ocurridos en Jalisco no deben permanecer en la impunidad”.

Para esto será necesario, consideran, que “se lleve a cabo una investigación exhaustiva respecto a los actos perpetrados” y se suspendan de sus funciones a los miembros de las fuerzas de seguridad que presuntamente participaron en las desapariciones.

“En un contexto de pandemia e incertidumbre, la responsabilidad del Estado de velar por las vidas de sus ciudadanos es más importante que nunca. No es una excusa para suspender derechos. Desde el Programa de Derechos Humanos de la Universidad Iberoamericana Ciudad de México, exigimos justicia y verdad para Giovanni, las personas detenidas el 4 y 5 de junio, las personas desaparecidas en Jalisco y por las más de 60 mil personas desaparecidas que nos faltan en el país” finalizaron.

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Dalia Souza
Dalia Souza
Periodista apasionada de la radio, comprometida con quienes resisten en la exigencia de verdad, memoria y justicia. Creo que el periodismo es una herramienta para construir paz y cambio social.

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