Las personas privadas de la libertad en centros penitenciarios son parte de la población vulnerable durante esta pandemia por coronavirus. La sobrepoblación y el deficiente acceso a la salud en la mayoría de los centros de reinserción social en México hacen que las medidas recomendadas para protegerse del virus sean imposibles de atender.
Contrario a las recomendaciones de la organización ASILEGAL de acelerar los procesos de libertad, las medidas sanitarias que las autoridades han dictado para evitar brotes de COVID-19 en centros penitenciarios, se han mostrado alejadas a la realidad. Además, hacen invisible a la población con más riesgo de enfermar y promueven acciones que pueden traer efectos adversos como motines, advierte esta organización.
Por Ximena Torres / @ximena_tra
En los centros penitenciarios mexicanos, no hay sana distancia. Las personas privadas de la libertad viven amontonadas en espacios pequeños y su acceso a la salud es uno de los derechos más vulnerados, de acuerdo con el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria 2019 (DNSP). De las 4 mil 402 quejas relacionadas con el sistema penitenciario hechas a la Comisión Nacional de Derechos Humanos, 25% se tratan del acceso a la salud.
Ante esta situación, el coronavirus no ha tardado en llegar. El 12 de abril, la Secretaría de Seguridad del Estado de México informó que había cinco personas privadas de la libertad y un custodio contagiados de COVID-19, todos ellos pertenecientes a la comunidad del Centro Preventivo y de Readaptación Social de Cuautitlán. Además, se reportó otro caso de un hombre privado de la libertad que también dio positivo al coronavirus en el Centro de Reinserción Social de Mérida en el estado de Yucatán.
En Jalisco, el 17 de abril, la Secretaría de Salud estatal confirmó 3 casos de COVID-19 en el Centro Federal de Readaptación Social Número 2, también conocido como Puente Grande. Desde antes de este aviso, el 21 de marzo, el personal del centro ya había manifestado sentirse en riesgo de contraer coronavirus por la falta de medidas implementadas por el Estado.
La organización Asistencia Legal por los Derechos Humanos A.C. (ASILEGAL), que se ha dedicado a investigar e impulsar mejoras en las condiciones de vida dentro de los centros penitenciarios en México, ha denunciado que la contingencia por el coronavirus es una bomba de tiempo dentro de estos lugares. Sus preocupaciones principales giran en torno al hacinamiento y el acceso a la salud.
“Cómo puede haber sana distancia en un espacio en donde dentro de una celda de 4×4 llegan a vivir hasta 30 personas. Esa situación es la primera causal y preocupación que tenemos porque justamente, no contribuye a que se pueda frenar la pandemia y es un foco rojo que atender”, explica el presidente de ASILEGAL, José Luis Gutiérrez.
De acuerdo con el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria (DNSP), el 33.33% de los centros penitenciarios estatales, también conocidos como Centros de Reinserción Social (CERESO), presentaron sobrepoblación; mientras que, en el 32.34% de los mismos, también había hacinamiento. Un ejemplo de ello es el Centro de Reinserción Social de Zihuatanejo en Guerrero, en el que hay 114 personas, aunque su capacidad es de 62.
En cuanto a los servicios de salud, el mismo diagnóstico indica que 32.79% de los centros estatales tienen deficiencias. De los 17 Centros Federales de Readaptación Social (CEFERESO) en todo el país, en 15 hay carencias de personal médico y medicamentos, así como atención deficiente.
En Jalisco, de los nueve CERESOS, el Centro Federal No. 2 y la Prisión Militar en la V Región Militar de La Mojonera (11 centros penitenciarios en total), cuatro centros estatales presentaban sobrepoblación y hacinamiento hasta 2019. Sobre el acceso a la salud, en seis centros estatales había deficientes o inexistentes condiciones materiales y de higiene en áreas médicas, así como, para alojar a personas privadas de la libertad. A ello también se suman las deficiencias en los servicios de salud del CEFERESO.
La organización ASILEGAL, explica que parte de las deficiencias en cuanto al acceso a la salud, se deben a que las Secretarías de Salud estatales no han atendido su corresponsabilidad como prestadoras de servicios en los centros penitenciarios. Aun cuando esa obligación está prevista en la Ley Nacional de Ejecución Penal. Son estas instituciones las que deberían atender a las personas privadas de la libertad, sobre todo ahora, durante la pandemia.
EL PROTOCOLO DE ACTUACIÓN EN CENTROS FEDERALES
El pasado 7 de abril, durante la conferencia de prensa encabezada por el Subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, Hugo López-Gatell, se presentó el Protocolo de actuación para la atención de COVID-19 al interior de los Centros Federales de Reinserción Social (CEFERESOS). Este protocolo, calcula que cada día ingresan en todos los centros federales, de 3 mil a 3 mil 500 personas, entre ellas: abogados, empleados, proveedores y visitantes familiares de las personas privadas de la libertad. Este último grupo lo conforman aproximadamente 400 personas. Además, también informa que, en los centros federales, 370 personas tienen 60 o más años de edad.
Sin embargo, tal como ASILEGAL lo denuncia: 1) el protocolo no menciona cómo se hará frente a las condiciones de los centros penitenciarios que representan un obstáculo para contener un brote de COVID-19; 2) deja fuera los centros estatales y, por lo tanto, a las 180 mil personas dentro de ellos (15 mil 934 pertenecientes al fuero federal); 3) excluye a los grupos de personas vulnerables al virus por sus condiciones de salud; y 4) propone medidas que han demostrado traer consecuencias violentas como motines.
El hacinamiento, la sobrepoblación, la falta de agua, las deficientes condiciones de higiene, la falta de medicamentos, de personal e infraestructura médica son características de los centros ignoradas en el protocolo.
“Este protocolo solo es una muestra más del gran desconocimiento que existe por parte de las autoridades de las características de la población privada de libertad al no aplicar un enfoque diferenciado para comprender las necesidades específicas y el nivel de riesgo de sufrir complicaciones ante la enfermedad. Se invisibiliza a las personas que viven con patologías crónico-degenerativas, personas con algún tipo de discapacidad, enfermos terminales, personas con VIH, mujeres embarazadas, entre otras”, dice el comunicado publicado por ASILEGAL el 7 de abril.
LIBERTAD O MOTINES
La “etapa de prevención” del Protocolo de actuación para la atención de COVID-19 al interior de los Centros Federales de Reinserción Social explica que: “derivado de la gravedad conforme vaya evolucionando el nivel de población infectada en el país y en virtud de que se trata de una emergencia nacional se considera la posibilidad de evitar o restringir en su caso las visitas familiares”.
Esta medida ya ha sido aplicada en algunos estados del país, como sucedió en el caso de Jalisco, donde, desde que el 22 de marzo, la Dirección de Reinserción Social del Estado de Jalisco anunció que se suspenderían las visitas por un plazo indefinido en todos los centros penitenciarios del estado, a excepción, de casos jurídicos muy importantes o en casos humanitarios especiales.
Sin embargo, en otros países, e incluso México, se ha comprobado que estas medidas traen como consecuencia la inconformidad de las personas en los centros penitenciarios, que se manifiestan con motines, fugas y riñas que terminan con saldos mortales.
El primer ejemplo es Brasil, en donde mil 300 personas privadas de la libertad se fugaron de tres centros penitenciarios de Sao Paulo, después de restringir salidas y visitas. En Italia, 27 centros se amotinaron luego de que cancelaran las visitas familiares. En Perú, un motín a causa de temor por contagiarse de coronavirus terminó con tres muertos y 17 heridos, al igual que en Colombia, donde la cifras se elevaron hasta 23 muertos y 80 heridos.
El 9 de abril, personas privadas de las liberad en el Centro Estatal de Reinserción Social de Valle de Santiago en Guanajuato, iniciaron un motín debido a la cancelación de visitas y limitación de sus derechos; en estos hechos seis personas resultaron lesionadas.
Ante la situación que se vive en los centros penitenciarios y el avance del coronavirus en México, desde ASILEGAL exigen a las autoridades impulsar los procesos de libertad acelerada. De esa manera se podrá despresurizar el sistema penitenciario y atender las necesidades de la población más vulnerable en los centros federales y estatales.
Esta medida incluye tres mecanismos considerados en los artículos 137, 141 y 146 de la Ley Nacional de Ejecución Penal. De acuerdo con los cálculos de ASILEGAL, podrían beneficiar de 25 mil a 30 mil personas (de 12 a 14% del total) que se encuentran en los centros penitenciarios.
El primer mecanismo es la libertad condicionada, y se trata de conceder libertad supervisada a personas que hayan cumplido la mitad de su pena, no estén sujetas a otro proceso penal, hayan cubierto la reparación del daño, hayan tenido buena conducta durante su internamiento y otros requisitos especificados en el artículo 137 de la Ley de Ejecución. En este caso, las personas que hayan sido sentenciadas por delitos en materia de delincuencia organizada, secuestro y trata de personas, no pueden ser beneficiarias de este mecanismo.
La otra opción es la libertad anticipada, regulada por el artículo 141 y que contiene los mismos requisitos a excepción del 70 en lugar del 50% de la pena cumplida. Quienes accedan a este tipo de beneficio pre-liberacional no estarán sujetos a supervisión.
El tercer mecanismo es la solicitud de preliberación por criterios de política penitenciaria. Esta considera la libertad condicionada o anticipada cuando las personas tienen sentencias menores de cinco años y por motivos humanitarios relacionados a la edad o enfermedades crónico-degenerativas. A través de este mecanismo es como 78 personas fueron liberadas de centros penitenciarios estatales en la Ciudad de México el pasado 17 de abril.
El problema de acuerdo con ASILEGAL es que los jueces de ejecución no han promovido estos mecanismos de manera adecuada. Ellos, como integrantes del Poder Judicial de cada estado, son responsables de los procesos de pre-liberación penitenciaria. Actualmente, por la contingencia sanitaria, sólo los jueces de ejecución de la Ciudad de México están trabajando, así lo señaló José Luis Gutiérrez:
“Lamentablemente, ahora el COVID-19 dejó de manifiesto la falta de trabajo de los jueces de ejecución y la falta de iniciativa de los sistemas penitenciarios para poner a las personas en libertad. Esta facultad esta desde 2016, pero los jueces han puesto muchas trabas y se olvidan que, ellos fueron puestos como garantes de los derechos humanos de las personas privadas de su libertad”.
LA LEY DE AMNISTÍA
El miércoles 15 de abril, durante su conferencia de prensa diaria, el presidente Andrés Manuel López Obrador, solicitó a los legisladores que aceleraran el proceso de aprobación de la Ley de Amnistía para liberar a personas privadas de su libertad que están en mayor riesgo con la pandemia del coronavirus.
Cinco días después, la propuesta de Ley fue aprobada por lo general por el Senado de la República con 68 votos a favor, 14 en contra y dos abstenciones.
Si bien, la ley contempla liberar a personas que hayan sido procesadas por aborto, delitos contra la salud, posesión y transporte de narcóticos, personas indígenas que no hayan tenido un juicio justo por falta de intérprete y presos políticos, el presidente de ASILEGAL, no considera que la medida vaya a ser la solución para la situación que se vive en los centros penitenciarios:
“Me parece que es una muy buena ley, es muy bienvenida porque analiza los contextos de violencia de las personas. Pero no es la panacea (remedio) para despresurizar el sistema penitenciario durante la pandemia como lo están diciendo. Se requieren procedimientos muy especiales y muy tardados todavía en todo su proceso de aprobación”, explica él.
Desde Asistencia Legal por los Derechos Humanos exhortan a las autoridades a acelerar procesos de libertad, activar un plan de emergencia sanitaria acorde a la realidad de los centros penitenciarios y acelerar las comisiones de las Secretarías de Salud para promover y garantizar el derecho a la salud de las personas en conflicto con la ley penal.
Para el caso de Jalisco, el Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo A.C. (CEPAD) también exige a las autoridades brindar atención médica a las personas vulnerables, contagiadas o con sospecha de tener el virus en los centros penitenciarios, así como dar más información sobre los casos detectados. Además, realizar pruebas más constantes y acelerar mecanismos de pre-liberación.
Es inconcebible que las autoridades reproduzcan el estigma social que convierte a las personas privadas de su libertad en no merecedoras de sus derechos durante esta pandemia de coronavirus en la que sus condiciones de vida las hacen especialmente vulnerables.