Familiares de personas desaparecidas solicitaron que, ante la emergencia forense que vive el país antes de covid-19, no se cremen los cuerpos no identificados. La Cruz Roja solicita que se realice examen post mortem externo para recolectar información que permita identificarlos después
Texto: Daniela Rea
Foto: Mónica González
En un país que enfrenta su propia crisis forense, aún antes de la emergencia sanitaria por covid-19, familiares de personas desaparecidas solicitaron no cremar cuerpos no identificados de personas que hayan fallecido a causa de ese virus o que se sospeche esta causa.
La Guía de manejo de cadáveres por covid-19 emitida por la Secretaría de Salud señala que “la disposición final del cadáver será lo más pronto posible, preferiblemente mediante cremación; de no ser posible, se practicará la inhumación en sepultura o bóveda. Si el destino final es entierro este se da en las condiciones habituales. Las cenizas pueden ser objeto de manipulación sin que supongan ningún riesgo”.
En un comunicado distribuido este domingo 12 de abril el Centro Diocesano para los Derechos Humanos Fray Juan de Larios A.C. señaló que debido a la propagación del virus distintos gobiernos estatales han implementado lineamientos con criterios distintos.
“Nos preocupan contenidos de estas disposiciones legales, por ejemplo, lo relacionado a la orden de incineración -o cremación- de las personas fallecidas aún sin confirmar la causa de muerte, ni la identificación certera de la identidad de éstas; así como la ausencia del proceso sobre el cuidado o trazabilidad de los cuerpos hasta su inhumación o incineración”.
El Fray Juan urge la publicación de un Protocolo homologado de manejo de cadáveres, de aplicación general para todos los estados, dado que la Guía hasta ahora publicada es insuficiente.
“Dado que podemos corroborar con la postura que varios estados han tomado, con las medidas de incineración de los cuerpos aún por la simple sospecha, si bien NO existe un criterio homologado a nivel internacional para el destino final de los restos de personas fallecidas a causa de la pandemia; sí se cuenta con recomendaciones que organismos internacionales, como el Comité Internacional de la Cruz Roja (CICR) y la Organización Panamericana de la Salud (OPS)”, señaló el Fray en su comunicado.
Estas recomendaciones son:
- Garantizar la protección a la vida e integridad del personal de salud (no sólo de directivos como se ha denunciado últimamente) y se les facilite todos los recursos necesarios para realizar su trabajo. Ellas y ellos desde quienes van a tirar los residuos al confinamiento, conductores de ambulancias, enfermeras- os, paramédicos-as, personal dedicado a la medicina general u otras especialidades, administrativos, intendencia, en fin, toda persona e institución del sector salud o que están directamente involucrados en la atención de la pandemia.
- Cuidar la trazabilidad de los cuerpos sin vida, lo cual significa la documentación, control cuidadoso, respetuoso y digno de todo el proceso que se debe cuidar con los cuerpos que deban ser incinerados o inhumados, para que las familias tengan la certeza de que sí se trata de su ser querido y evitar en el futuro más procesos de exhumación o demandas judiciales y por violación a los Derechos Humanos.
- Para la clasificación de los cuerpos sugieren: 1) Personas Fallecidas que están identificadas desde el ingreso y que tienen familiares o acompañantes 2) personas fallecidas identificadas sin acompañante 3) personas fallecidas no identificadas.
Pide CICR generar Archivo Básico de Identificación
El contexto en el que el Fray Juan solicita esto es que en México hay más de 60 mil personas desaparecidas y un cálculo de 30 mil cuerpos sin identificar. En el caso de personas fallecidas no identificadas, lo que aplica es la Ley General en Materia de Desaparición de Personas, la cual prohibe que se incineren los cuerpos.
“Es importante recalcar este punto en específico, pues dentro de estas personas fallecidas no identificadas se pudieran encontrar a personas desaparecidas y se necesitan mecanismos de identificación de los cadáveres que implica realizar el Archivo Básico de Identificación, como el que propone el CICR en los Lineamientos para el Manejo de Cadáveres en casos confirmados o sospechosos de covid-19”.
El protocolo que propone la CICR para el caso de personas fallecidas no identificadas deben ser tratadas de acuerdo con el marco legal de la Ley General En Materia De Desaparición Forzada De Personas, Desaparición Cometida Por Particulares y Del Sistema Nacional De Búsqueda De Personas, así como al Protocolo para el Tratamiento e Identificación Forense.
“Las personas fallecidas por COVID-19 (confirmadas o sospechosos) no identificadas o identificadas no reclamadas, NO deben ser sometidas al proceso de necropsia, sin embargo, se requiere la realización de un examen postmortem externo que permita recolectar la información necesaria y suficiente con fines de identificación según el marco legal, por lo que se debe conformar el Archivo BásicodeIdentificación(ABI) adaptado a la respuesta del COVID-19”, dice el CICR.
También se advierte que los cuerpos no identificados que se encuentren en dependencias del sector salud, casas particulares o localizados en la vía pública, se respeten los procesos ministeriales correspondientes, ante la posible comisión de un delito.
Por otro lado, se pidió atender los derechos de los familiares.
“Si bien es necesaria la implementación de medidas de carácter general para enfrentar la pandemia, no se precisan los mecanismos de información y notificación a los familiares. El no contar con un protocolo homologado a nivel nacional puede generar más confusión y descontento social, dado que en estas medidas prevalece la imposición de formatos que vulneran no sólo los derechos civiles y políticos, sino también los derechos económicos, sociales y culturales”, informó el Fray Juan.
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Link Original: https://piedepagina.mx/ante-emergencia-sanitaria-piden-no-cremar-cuerpos-no-identificado/