El aumento a la tarifa del transporte público y los derechos humanos

Por Francisco Macías / Abogado y defensor de los derechos humanos / @pacommedina

Foto portada: SITEUR

Se tiene la concepción de que la toma de decisiones en el ejercicio de la política es difícil porque se dice que se tiene que elegir entre una serie de elementos y en muchas de las ocasiones con costos sociales.

Si comparamos la autorización del aumento de la tarifa de transporte público con una secuencia de una película de la que somos espectadores, encontraremos que tanto la autoridad estatal como algunos medios de comunicación plantean lo ocurrido desde sólo una parte de ella, como si fuese el final irremediable del filme, cuando en realidad existen más elementos.

Uno de ellos es el económico; sin duda la actividad empresarial que se realiza a través de una concesión busca obtener ganancias para el que invierte por un servicio público que el gobierno no puede proporcionar de forma eficiente. Se entiende entonces que no se trata solo de una dinámica de costos y beneficios, sino también de sus implicaciones en cuanto a la garantía de las condiciones del servicio y el involucramiento de los derechos de las personas.

La dinámica del transporte público implica aspectos de igualdad, incluso, el propio concepto a cambiado por el de movilidad que tiene relación con el tejido y capital social. Lo podemos percibir de acuerdo a datos del Observatorio “Jalisco, como vamos”, en quetenemos pobladores del municipio de El Salto que invierten hasta 94 minutos de traslado en el transporte, hay que decirlo, entre más bajo el nivel social mayor el número de tiempo

El 54.9 % de la población del AMG utilizan el camión y el macrobús para hacer sus desplazamientos, si agregamos el Tren ligero, pudiéramos hablar del 56% de la población. Otros datos importantes son que en el segmento social más bajo se utiliza en un 76% el camión contra el 35.8 % del segmento más alto; por cierto, el 63.9 % se trata de usuarias (Jalisco, cómo vamos. 2018).

De acuerdo a los datos podemos preguntarnos: ¿qué implicaciones tiene para las condiciones de vida de las personas y sus derechos?,para esta última opción, la dignidad de las personas no puede dividirse en esferas políticas, económicas o sociales,ya que el ser humano no puede atomizarse.

La decisión del aumento puso al centro sólo la actividad productiva de los concesionarios, pero no los derechos de los usuarios y usuarias, a quienes solo se les anunció una medida voluntaria y casi asistencial  – apoyo de 10 pesos- , que de ninguna manera cumple con la obligación de garantizar sus derechos económicos y sociales.

Hay que reconocer que existe una intención de reestructurar el modelo de transporte público, pero esta tendría que incluir la revisión exhaustiva del modelo económico con el cual funcionan esas empresas, las cuales obtienen ganancias por encima de la seguridad, vida e igualdad de las personas.

Una intervención temporal de las empresas para hacerlas más eficientes e incrementar sus estándares sería indispensable para salvaguardar el interés público reflejado en el cumplimiento de los derechos humanos, de otra manera el aumento no tiene gran diferencia con los rescates bancarios o de empresarios en quiebra que tanto daño han hecho al país.

Otra de las obligaciones derivadas de los instrumentos internacionales que reconocen los derechos económicos, sociales y culturales, es que a partir de la vigencia del aumento, el Estado está obligado a salvaguardar los derechos que se vean afectados de la población que se encuentra con mayor riesgo de pobreza y marginación, ya que con toda seguridad obstaculizará sus condiciones de desarrollo, por ejemplo la alimentación. Se requiere un programa emergente –no más programas como Mi Pasaje– que responda con claridad a este grupo de la población, el cual por cierto debe contar con perspectiva de género, ya que serán las mujeres las que se verán más afectadas.

Se requiere también la existencia de mayores recursos para hacer exigible el derecho a la movilidad, ya no más buzones telefónicos de quejas de transporte, sino de mecanismos jurídicos que proporcionen acceso a la justicia, incluso, de forma colectiva, en los que se permitan medidas cautelares para intervenir las rutas, detener sus factores de riesgo y establecer mecanismos de reparación del daño por el mal servicio público, a la manera de la responsabilidad solidaria.

Es momento que la tan mencionada gobernanza, la perspectiva de género y de derechos humanos enclavadas en secretarías, subsecretarías, institutos, consejos consultivos y oficinas, así como redactadas en planes, programas y hasta redes sociales, realicen acciones en congruencia para las que fueron creadas, si es que no quieren ser recordadas sólo como meros difusores de temas sin conexión con vidas concretas de personas.

Comparte

ZonaDocs
ZonaDocs
Somos un proyecto de periodismo documental y de investigación cuyo epicentro se encuentra en Guadalajara, Jalisco.

4 COMENTARIOS

DEJA UNA RESPUESTA

Por favor ingrese su comentario!
Por favor ingrese su nombre aquí

Quizás también te interese leer